En el contexto socioeconómico actual de España, donde la pensión media de jubilación se situaba, a finales de 2023, en poco menos de 1.200 euros mensuales, se ha convertido en una realidad palpable el deseo de muchos jubilados por buscar vías alternativas para complementar sus ingresos. Esta necesidad se fundamenta en la aspiración de mantener un nivel de vida digno que les permita cubrir sus necesidades básicas de manera adecuada durante la vejez. Sin embargo, este legítimo interés por incrementar los recursos económicos disponibles en esta etapa de la vida debe confrontarse con el marco legal vigente, el cual establece ciertas restricciones y condiciones para la compatibilidad entre el cobro de la pensión de jubilación y el desempeño de una actividad laboral.
Según la legislación española, la percepción de la pensión de jubilación es, en general, incompatible con la realización de cualquier trabajo por cuenta ajena o propia que suponga la inclusión en el Régimen General o en alguno de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social. Sin embargo, esta regla cuenta con excepciones que permiten a los pensionistas adoptar alguna de las modalidades de jubilación que hacen compatible el cobro de esta retribución con una actividad laboral: la jubilación parcial, la activa y la flexible.
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La jubilación parcial ofrece la posibilidad de reducir progresivamente la jornada laboral, permitiendo al trabajador adentrarse gradualmente en la etapa de jubilación sin abandonar por completo su actividad laboral. Esta opción está disponible desde los 60 años y representa una transición suave hacia la jubilación completa. Por otro lado, la jubilación activa permite al jubilado combinar el cobro del 50% de su pensión con el desempeño de una actividad laboral, bajo ciertos requisitos específicos que garantizan que esta modalidad no suponga un abuso del sistema ni un detrimento para el principio de solidaridad del sistema de Seguridad Social.
La jubilación flexible ajusta la cantidad de la pensión en función del tiempo de trabajo del jubilado que decide reincorporarse al mercado de trabajo por cuenta ajena, reduciendo proporcionalmente la pensión en función de la jornada laboral desempeñada. Esta fórmula proporciona una flexibilidad significativa para aquellos jubilados que, cumpliendo con determinados requisitos, optan por regresar al ámbito laboral y complementar así sus ingresos de manera legal y regulada.
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Las sanciones económicas
Sin embargo, el desconocimiento de estas opciones legales o la omisión en la comunicación a la Seguridad Social de la situación laboral puede tener consecuencias severas para el jubilado. Tal y como se especifica en el artículo 23 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, trabajar estando de jubilación sin haber comunicado adecuadamente a la Seguridad Social puede ser considerado una infracción muy grave. Esta infracción puede acarrear sanciones económicas de hasta 10.000 euros, además de la posible suspensión de la prestación de jubilación, la reclamación de los importes indebidamente percibidos y otras sanciones adicionales por parte de la Agencia Tributaria.
Estas duras sanciones subrayan la importancia de proceder con total transparencia y cumpliendo rigurosamente la normativa. La compatibilidad de trabajo y jubilación se presenta así como una posibilidad regulada y sujeta a condiciones específicas, orientadas a garantizar que se respete el espíritu de la legislación, destinado a asegurar el bienestar de los jubilados sin comprometer la sostenibilidad del sistema de Seguridad Social.
Es imperativo, por tanto, que todo jubilado que considere la posibilidad de trabajar mientras cobra su pensión se informe adecuadamente y tome las medidas necesarias para ajustarse a la normativa vigente. Ello implica conocer las opciones legales disponibles, entender los requisitos y condiciones de cada una, y comunicarse de manera efectiva y transparente con la Seguridad Social. Solo así se podrá disfrutar de los beneficios de complementar los ingresos de jubilación con una actividad laboral, sin incurrir en infracciones que puedan tener graves consecuencias económicas y legales.