El Gobierno ha cumplido uno de los compromisos que se fijó para esta legislatura: elaborar un índice de referencias de precios del alquiler con el que poner límite a la subida de precios de las rentas en zonas tensionadas, recogido en la Ley de Vivienda aprobada en mayo del año pasado.
Este índice, que está publicado desde ayer en la web del Ministerio de Vivienda, supondrá una bajada considerable de los alquileres en las zonas tensionadas de las comunidades autónomas que soliciten su implantación. A ellas les corresponde identificar estas zonas en las que hay falta de oferta de viviendas en renta y exceso de demanda. Por el momento, Cataluña ha sido la única comunidad que ha solicitado implantar este sistema, en concreto en 140 zonas tensionadas.
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Con el índice se pretende “facilitar el acceso a la vivienda en renta” y “generar una bajada de precios donde se están produciendo movimientos especulativos por parte de los grandes tenedores de vivienda”, señaló el martes el secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, David Lucas.
Precios máximos y mínimos
Consiste en un sistema de rango de precios de alquiler que establece precios máximos y mínimos a partir de las características que tengan las viviendas de esas zonas tensionadas, como la superficie, el estado conservación, si tiene ascensor o no, aparcamiento, año de construcción o zonas comunes.
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No obstante, no todas las viviendas situadas en estas zonas se verán afectadas por el índice. Afectará al alquiler nuevo cuando el propietario de la vivienda sea un gran tenedor, esto es, que tenga más de 10 viviendas o cinco en la misma área tensionada, ya sea persona física o jurídica. En estos casos el precio máximo de la renta no podrá superar el índice.
También los pequeños propietarios de inmuebles en renta sufrirán una limitación de precios del alquiler cuando se trate de un alquiler nuevo de una vivienda que no ha sido alquilada en los últimos cinco años. En este caso, el precio máximo de los nuevos contratos tampoco podrán superar el índice, tanto si el casero es un gran tenedor o un pequeño propietario.
Mientras que en casos de alquileres nuevos de viviendas de pequeños propietarios, las rentas deberán mantenerse igual que el precio del contrato anterior, pudiendo incrementarse el porcentaje que corresponda a la actualización del alquiler, que este año es del 3%. En este caso, el casero podrá mantener el precio del alquiler anterior incluso si la mensualidad es más alta que el máximo indicado por el índice de referencia.
Además, para las zonas de mercado tensionado se proyecta la creación de un entorno fiscal favorable que beneficiará a los propietarios con bonificaciones en el IRPF que aumentarán cuando se produzcan una serie de circunstancias como que la vivienda se alquile a jóvenes, que se reduzca el precio un 5% o se cedan a las administraciones para que las destinen a alquiler asequible.
Entrada en vigor en marzo
Tras publicarse ayer martes el índice en la web del Ministerio de Vivienda, se ha abierto un periodo de 10 días hábiles de información pública. Pasado este tiempo, podría publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 12 de marzo y al día siguiente entrar en vigor las 140 zonas tensionadas solicitadas por la Comunidad de Cataluña.