Los cuatro requisitos básicos que debes cumplir para cobrar el Ingreso Mínimo Vital

Esta prestación de carácter no contributivo llega a más de dos millones de personas en todo el país

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El Ingreso Mínimo Vital aumenta: esta es la fórmula para cobrar hasta 115 euros más al mes

La pandemia trajo consigo toda una serie de cambios, entre ellos, el Ingreso Mínimo Vital (IMV), que ha subido con el cambio de año. Hace tres años, el Gobierno de coalición creó este subsidio con el objetivo de prevenir el riesgo de pobreza y la exclusión social de las personas que lo reciben, tanto si viven solas como si tienen responsabilidades familiares. Este año, el desembolso para un beneficiario individual alcanzará los 604,38 euros mensuales, aunque la cuantía aumenta un 30% por miembro adicional a partir del segundo integrante de la familia, con un incremento máximo del 220%. La Seguridad Social también ha puesto en marcha un complemento para que las personas más vulnerables pueda llegar sin dificultades a final de mes.

Las familias, para acceder a esta prestación, tienen que reunir una serie de condiciones, como disponer de una residencia legal y efectiva en España desde, al menos, 12 meses antes de la solicitud. Los trabajadores también tienen que demostrar que están en situación de vulnerabilidad económica y deben figurar inscritos como demandantes de empleo. El Ingreso Mínimo Vital ha arrancado el año con una nueva cuantía, tras la revalorización del 6,9% que aprobó el Consejo de Ministros. ¿Cuáles son los requisitos para acceder a esta prestación?

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El Ingreso Mínimo Vital forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social y pretende cubrir las necesidades básicas de las familias vulnerables. Los beneficiarios tienen que tener entre 25 y 65 años, aunque la Seguridad Social contempla alguna que otra excepción. Los demandantes tampoco pueden recibir pensiones contributivas de jubilación o incapacidad permanente y tienen que haber agotado todas las prestaciones ordinarias disponibles. Las cuantías pueden cambiar en función del número de miembros de la unidad familiar y del grado de discapacidad de los beneficiarios, si es que existe alguno.

Un grupo de personas frente al autobús del Ingreso Mínimo Vital. (RTVE)
Un grupo de personas frente al autobús del Ingreso Mínimo Vital. (RTVE)

Los requisitos para solicitar el Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se define como una prestación de carácter no contributivo que alcanza a dos millones de personas en todo el país. Este subsidio nace para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de los beneficiarios. Las familias, no obstante, tienen que cumplir con los siguientes requisitos para tener derecho a recibir la asignación:

  • Los demandantes tienen que tener, al menos, 23 años. La Seguridad Social también contempla la posibilidad de conceder el subsidio a las personas de más de 18 años con menores a cargo. Las víctimas de violencia machista y trata también están exentas de cumplir con esta obligación.
  • Las familias deben acreditar que disponen de residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante, al menos, un año antes de presentar la solicitud.
  • Los beneficiarios no pueden recibir al mismo tiempo pensiones contributivas por jubilación o incapacidad permanente, ni pensiones no contributivas por invalidez o jubilación. Además, tienen que haber agotado anteriormente todos los subsidios posibles.
  • Las familias tienen que estar en situación de vulnerabilidad económica. La Seguridad Social analiza para ello la capacidad financiera tanto del demandante como de su unidad de convivencia. Los ingresos mensuales máximos deben estar por debajo de los 491,63 euros en el caso de una persona adulta que viva sola y se incrementan otros 147,49 euros más al mes por cada persona adicional que viva en la misma unidad de convivencia.

La cuantía más elevada es la que pueden reclamar las familias de cuatro adultos y un menor, dotada con 1.329,65 euros mensuales. Además, no podemos olvidarnos del complemento a la infancia, que se mantiene igual que en 2023. En el supuesto de que alguno de los beneficiarios tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65%, tenemos que aplicar un complemento que será equivalente al 22% de renta básica garantizada604,38 euros mensuales—.

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