La nueva campaña de la declaración de la Renta dará comienzo el próximo 3 de abril y se prolongará hasta el 1 de julio. De esta forma, los contribuyentes dispondrán de casi tres meses para presentar las declaraciones de IRPF correspondientes al ejercicio 2023.
En este contexto, la declaración de la renta sirve para liquidar el IRPF. Así, en los casos donde las retenciones abonadas exceden la cuota efectiva adeudada por el contribuyente, Hacienda reembolsará la diferencia. Por el contrario, en caso de la cantidad sea inferior, la persona estará obligada a abonar la resta correspondiente. Así bien, las deducciones son la principal forma de pagar menos impuestos en el IRPF.
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El pasado 26 de diciembre, la Generalitat Valenciana aprobó una nueva normativa en la que se reconocían seis nuevas deducciones de carácter social relacionadas con la salud y la práctica deportiva. Unas medidas, con carácter retroactivo al 1 de enero de 2023, que supondrán un ahorro estimado conjunto de hasta 180.205.525 euros para los ciudadanos que pueden beneficiarse de la misma. Con esta nueva medida, el Gobierno de la comunidad pretende promover la práctica de deporte y la vida saludable.
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Este es el dinero que te puedes desgravar por hacer deporte
La cantidad de dinero que se pueden desgravar los contribuyentes está especificada según los tramos de edad:
- En el caso de que el declarante supere los 65 años de edad o tenga una discapacidad igual o superior al 33%, se aplicará una deducción del 50%, con un límite máximo de 150 euros en el importe deducible.
- Si el contribuyen es mayor de 75 años o tiene una discapacidad igual o superior al 65%, el porcentaje de deducción será del 100% y el importe máximo de la deducción será de 150 euros.
Requisitos para optar a la deducción de la práctica deportiva
Para poder acceder a estas deducciones se pide que la suma de la base liquidable general y de la base de ahorro no sea superior a 32.000 euros en tributación individual y a 48.000 euros en caso de tributación conjunta. Así, la nueva normativa de la Comunidad Valenciana da derecho a deducir las cantidades satisfechas en concepto de:
- Cuotas de pertenencia o adhesión satisfechas a gimnasios, clubes deportivos, federaciones deportivas, grupos de recreación deportiva, secciones deportivas o de recreación deportiva de otras entidades no deportivas, agrupaciones de recreación deportiva, asociaciones de federaciones y sociedades anónimas deportivas.
- Servicios personales de entrenamiento prestados por técnicos y entrenadores deportivos.
- Servicios personales prestados por traumatólogos, dietistas-nutricionistas, fisioterapeutas, podólogos o técnicos superiores en Dietética.
- El equipamiento obligatorio para la práctica del deporte federado.
Ahora bien, es fundamental presentar las facturas que respalden las adquisiciones de bienes o servicios, junto con el comprobante de pago.