Más de 2,7 millones de electores de Galicia han afrontado este domingo 18 de febrero unas elecciones cruciales para el futuro de la comunidad y también del panorama nacional. En se encuentra el Partido Popular (PP) y su líder nacional, Alberto Núñez Feijóo, cuya gestión y capacidad para mantener el liderazgo en la región han sido puestas a prueba tras cuatro mandatos de mayoría absoluta. Y es que la candidatura de su sucesor Alfonso Rueda podría verse sobrepasada por una coalición entre el BNG de Ana Pontón y el PSOE de José Ramón Gómez Besteiro.
Rueda se presenta a estas elecciones con la desventaja de no ser una figura tan reconocida previamente como otros líderes del partido en la región. Este hecho añade una capa de complejidad al escenario político gallego, con múltiples consecuencias posibles para el PP, dependiendo de los resultados electorales. En este sentido, la trayectoria de mayorías absolutas del PP en Galicia podría verse alterada debido a la crisis interna sobre las últimas filtraciones sobre postura con la amnistía que ha llevado a un cambio de guardia en un momento crítico.
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A continuación explicamos cómo funciona la mayoría absoluta en la región gallega.
Cuántos diputados son necesarios para la mayoría absoluta en las elecciones de Galicia
Para alcanzar la mayoría absoluta en el Parlamento de Galicia, se requieren 38 de los 75 escaños disponibles. Esta cifra es indispensable para que un partido o coalición política se declare victorioso en las elecciones de esta comunidad autónoma, que se organiza en cuatro provincias: A Coruña, Pontevedra, Lugo y Ourense. La distribución de escaños sigue un meticuloso proceso que asegura una equidad basada en la demografía de cada provincia.
En este sentido, el diseño del sistema electoral gallego promueve un equilibrio territorial y demográfico basado en la Ley 8/1985. Esta normativa establece que cada una de las provincias comenzará con un mínimo garantizado de diez representantes en el Parlamento. Los 35 diputados restantes son asignados proporcionalmente, dependiendo de la población actual de cada área. Además, se impone un umbral del 5% de votos válidos para que las candidaturas sean consideradas en la repartición de escaños, lo cual busca asegurar que solo las opciones con un mínimo respaldo popular puedan participar en la conformación del gobierno autonómico.
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En situaciones donde un escaño quede vacante por causas tales como fallecimiento, incapacidad o renuncia, el procedimiento establece que este pase al siguiente candidato en la lista previamente presentada por el partido. Este mecanismo garantiza la continuidad y el respeto al orden inicial de candidaturas. La normativa que rige estas disposiciones fue publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en agosto y octubre de 1985, respectivamente, marcando un hito en la organización electoral de la comunidad.
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