A los bancos se les acaba el chollo: ya no podrán cobrar hasta 12 euros en comisiones adicionales por transferencias inmediatas

El coste que aplica la banca por este servicio va desde los 0,95 euros de Sabadell a los 12 euros de Bankinter

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Una persona utiliza un cajero automático de Caixabank en Barcelona. REUTERS/Nacho Doce
Una persona utiliza un cajero automático de Caixabank en Barcelona. REUTERS/Nacho Doce

El Parlamento Europeo (PE) vuelve a dar un respiro a los clientes de los bancos al aprobar un nuevo reglamento que obliga a las entidades financieras a que las transferencias lleguen a los destinatarios en 10 segundos como máximo, y por ello no pueden aplicar comisiones adicionales a las convencionales como hacían hasta ahora, lo que supondrá un ahorro de hasta 12 euros para los usuarios.

Con este nuevo reglamento el Parlamento Europeo pone fin a una práctica que contribuye a engrosar los márgenes de la banca. Un análisis realizado por FACUA-Consumidores en Acción sobre las comisiones aplicadas por siete bancos a las transferencias online, todos ellos cobran por garantizar que se reciben de forma inmediata o en el mismo día y no aplican ninguna comisión si el cliente renuncia a esa urgencia y opta por esperar.

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Las comisiones van desde los 0,95 euros de Banco Sabadell hasta los 12 euros de Bankinter, pasando por los 6 euros de Santander, el mínimo de 5,94 euros de Caixabank, los 4 euros de Openbank (2 euros si se tiene domiciliada la nómina), los 1,50 euros de Abanca y los 1,25 euros de BBVA.

Transferencias asequibles e inmediatas

Las nuevas normas fueron aprobadas por el PE el pasado 7 de febrero con el objetivo de garantizar que las transferencias bancarias lleguen inmediatamente a las cuentas de los particulares y las empresas de la UE. Con el reglamento, que ahora debe revisar el Consejo Europeo, los bancos y otros proveedores de servicios de pago tendrán que garantizar transferencias asequibles y procesadas al momento. Este texto, ya acordado con los Estados miembros, actualiza las normas vigentes de la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA, por sus siglas en inglés).

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El texto fue aprobado por el pleno del Europarlamento con 599 votos a favor, 7 en contra y 35 abstenciones y el reglamento entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE. A partir de entonces, las entidades que operan en la zona euro tendrán nueve meses para estar listas para recibir transferencias inmediatas y 18 meses para enviarlas, por lo que si no hay retrasos, la obligación estará plenamente vigente a finales de 2025.

Según recoge la norma, la inmediatez de las transferencias deberá garantizarse con independencia del día o la hora y el dinero deberá llegar a la cuenta del destinatario en un plazo de 10 segundos. El ordenante también deberá ser informado en un plazo de diez segundos de si los fondos transferidos se han puesto a disposición del receptor y los cargos aplicados por las transferencias inmediatas en euros no podrán ser superiores a los aplicados a las operaciones convencionales de transferencias no instantáneas en euros.

Respecto a los países de la UE que están fuera del euro, también tendrán que aplicar las normas cuando las cuentas ya ofrezcan transacciones regulares en euros, después de un período transitorio más largo. No obstante, habrá una excepción especial a la obligación de efectuar el pago en un plazo de diez segundos para dichas cuentas fuera del horario laboral, por el riesgo de falta de liquidez en la divisa europea.

Las entidades bancarias no han escapado al alza inflatoria europea de los últimos meses, de manera que han incrementado sus comisiones. Por mantener cuentas corrientes no bonificadas, la media alcanzó los 245,82 euros el pasado mes de junio

Seguridad y compensaciones por incumplimientos

Con el objetivo de garantizar la seguridad, los proveedores de servicios de pago deberán aplicar medidas “sólidas y actualizadas de detección y prevención del fraude”, a fin de evitar que el dinero transferido acabe por error o fraude en la cuenta equivocada, recoge el reglamento.

Para ello, los proveedores de servicios de pago que operan en la UE deben ofrecer, sin coste adicional, un servicio de verificación de la identidad del destinatario. Como salvaguardia adicional contra el fraude, las entidades también deberán permitir a sus clientes fijar un importe máximo para las transferencias instantáneas en euros, que podría modificarse fácilmente antes de ejecutar una nueva transferencia.

Según la nueva normativa, si una entidad no cumple con sus obligaciones de prevención del fraude y esto provoca un perjuicio financiero, el cliente podrá solicitar una compensación. Los proveedores de servicios de pago que ofrezcan transferencias instantáneas también deberán verificar si alguno de sus clientes está sujeto a sanciones u otras medidas restrictivas relacionadas con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

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