En 2022, los matrimonios aumentaron un 20,5% respecto al año anterior, llegando a las 179.107 bodas y convirtiéndose así en el año del “sí quiero”. Con estos datos, las bodas en España han recuperado, e incluso superado ligeramente, el ritmo de antes de la pandemia. La tasa bruta de nupcialidad se situó en 3,7 matrimonios por cada 1.000 habitantes. En el caso de las parejas de hecho, no hay datos oficiales puesto que en España, solamente las comunidades autónomas y algunos municipios disponen de un registro de este tipo de unión, por lo que no hay un registro común nacional ni existe un organismo que unifique los datos. Casarse o hacerse pareja de hecho en la práctica son muy similares, aunque tienen diferentes ventajas fiscales en cada caso.
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A la hora de contar con una mejor fiscalidad, hay una unión que gana por goleada: el matrimonio. Estas son las ventajas fiscales de los matrimonios en el IRPF, según informan los expertos fiscales de TaxDown:
- Posibilidad de hacer una declaración conjunta: algo a lo que no tienen derecho las parejas de hecho. La opción de presentar una declaración conjunta es aconsejable en el caso de que uno solo de los cónyuges tenga ingresos o cuando uno tenga unos ingresos bajos. De hecho, la cuantía de la reducción por tributación conjunta puede llegar hasta los 3.400 euros.
- Deducción por aportación al plan de pensiones: En el caso de que uno de los cónyuges aporte dinero al plan de pensiones del otro, además de la reducción anual por las aportaciones al propio plan, existe la posibilidad de aplicar una reducción por aportación al plan del cónyuge con un máximo de 1.000 euros al año.
- Deducción por discapacidad: Si una persona casada tiene un cónyuge con una discapacidad superior al 33%, tendrá derecho a una deducción anual en el IRPF de 1.200 euros, algo no aplicable a las parejas de hecho.
- Deducción por vivienda habitual: En el caso de que uno de los dos cónyuges deje la vivienda habitual pero siga pagando la hipoteca, podrá seguir aplicándose la deducción por vivienda habitual si siguen viviendo allí los hijos del matrimonio, algo que tampoco es posible en las parejas de hecho.
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Otras ventajas fiscales del matrimonio
Estar casados también cuenta con otras ventajas fuera del IRPF:
- Pensión de viudedad: El acceso a la pensión de viudedad también cambia, en cuanto a los requisitos, para las personas casadas y las que han formalizado una unión de hecho, ya que estas parejas deberán acreditar la existencia de una convivencia estable, notoria e ininterrumpida durante los cinco años anteriores al fallecimiento de su pareja, algo que no se pide en el caso de los matrimonios.
- Impuesto de sucesiones: El cónyuge viudo puede disfrutar de diversas deducciones fiscales que afectan en el caso de recibir una herencia, algo que no aplica a las personas viudas que han formado pareja de hecho en el pasado. Sin embargo, este es un impuesto que se encuentra cedido a las comunidades autónomas, por lo que las deducciones aplicables dependerán de la regulación de cada comunidad.
Y aunque las ventajas fiscales del matrimonio son incuestionables, sí que existen otro tipo de situaciones en las que las parejas de hecho sí son reconocidas, sobre todo en lo concerniente a los descendientes: si una pareja ha tenido hijos en común, se aplicarán las ventajas fiscales de manera proporcional independientemente de si están casados o forman una pareja de hecho.