Nuda propiedad, hipoteca inversa o alquiler vitalicio: los jubilados se refugian en el ‘ladrillo’ para complementar la pensión

Obtener rentabilidades superiores al 7% ha duplicado la inversión en vivienda

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Un pensionista mira el escaparate
Un pensionista mira el escaparate de una inmobiliaria. (Fernando Alvarado / EFE)

La compra de vivienda como inversión se ha duplicado en el último año pasando del 7% en 2022 al 13% en 2023. Este incremento se debe a que muchos ahorradores ven en la vivienda un valor refugio en el que colocar su capital frente a la volatilidad de los mercados y a la subida de la inflación, y a que un mayor número de pequeños inversores ven en el ‘ladrillo’ el mejor complemento de su pensión de jubilación.

“Tanto grandes como pequeños particulares apuestan ahora por la vivienda como un amparo para evitar que sus ahorros se devalúen y se han lanzado a invertir en ella al percibir este mercado como seguro, tras la evolución tan positiva que ha tenido desde el impacto de la Covid-19″, señala María Matos, directora de Estudios y portavoz de Fotocasa.

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El reclamo principal que atrae a los pequeños inversores al sector inmobiliario son los rendimientos que les ofrece frente a otros activos. La rentabilidad bruta generada por la compra de una vivienda para ponerla en el mercado del alquiler alcanzó en 2023 un 7,1%, según datos de Idealista, casi el doble de otros productos de inversión como los bonos del Estado o las letras del Tesoro, que en el mismo periodo no alcanzaron el 4%.

Y es que a juicio de María Matos, “la rentabilidad de la vivienda sigue siendo el foco de inversión con menor riesgo del mercado, por lo que resulta evidente que en un escenario como el actual, con altos costes hipotecarios debido a las subidas de tipos de interés y los precios inmobiliarios en niveles históricamente altos, la distribución de la demanda de compra se ha desequilibrado, con una creciente presencia del perfil inversor en detrimento de la opción comprar la primera vivienda para vivir”.

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Perfil del inversor

El perfil de comprador que adquiere una vivienda para obtener de ella rentabilidad es el de un hombre de 48 años y sus comunidades autónomas favoritas para adquirirla son Madrid, que la eligen un 26% de los inversores, seguida por Cataluña, por la que opta el 16%, según recoge el último informe de Fotocasa Research titulado El segmento inversor en el mercado inmobiliario en 2023.

La rentabilidad del 7,1% generada por la vivienda la convierten en un producto ideal para complementar la pensión de jubilación. Por ello, en opinión de Belén Alarcón, socia directora de asesoramiento patrimonial en Abante, financiar la longevidad con la vivienda es una buena estrategia. y más teniendo en cuenta que el 77% de los españoles tienen al menos una vivienda en propiedad y el 17% de esos propietarios tiene dos.

Existen distintas fórmulas, además del alquiler, con las que complementar la pensión de jubilación a través de una casa. Entre ellas destaca la nuda propiedad, en la que se mantiene el usufructo hasta el fallecimiento, la hipoteca inversa y el alquiler vitalicio.

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De la nuda propiedad al alquiler vitalicio

La venta de la nuda propiedad consiste en que los derechos sobre el inmueble pasan al comprador, pero este no puede hacer uso del mismo, porque el usufructo, es decir, el uso y disfrute de la vivienda lo mantiene el vendedor hasta su fallecimiento o según se haya estipulado en el contrato. Hay que considerar el valor que se obtiene por la propiedad, que es menor al de mercado.

La hipoteca inversa es un préstamo con la garantía de la vivienda. La persona que la contrata recibe una cantidad, en forma de capital o de renta vitalicia, también por un importe inferior al que se obtendría por la venta a precio de mercado.

En tanto que el alquiler vitalicio es una opción con la que tampoco se conserva la propiedad, pero que proporciona mayor flexibilidad a la persona. En este caso, se valora la propiedad, por un lado. Por otro lado, en función de la esperanza de vida de la persona, se calcula cuánto costaría el alquiler de esa vivienda durante esos años. Y al valor de la propiedad, se le resta el coste del alquiler, además de la prima que aplique la entidad y se le entrega al propietario la cantidad restante, con la que puede, de nuevo, constituir una renta vitalicia.

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