La sala de lo social número 2 de Valencia ha reconocido la incapacidad permanente absoluta a un trabajador del sector de la soldadura severamente afectado por complicaciones respiratorias, que además había sido despedido. Y es que, debido a sus limitaciones de salud, el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales declaró al trabajador no apto para continuar con su trabajo habitual.
Por carta de 28 de febrero de 2022, la empresa notificó al soldador su “despido objetivo por ineptitud sobrevenida”, según recoge la sentencia. El despacho Asec, encargado del caso, considera que esta decisión “puso en relieve la precariedad de su situación laboral y la falta de alternativas de empleo dadas sus condiciones de salud”.
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Y es que, tras su despido, “el trabajador se enfrentó a la negativa del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social de otorgarle la prestación correspondiente a su situación. Esta denegación administrativa fue el catalizador que lo impulsó a buscar justicia en los tribunales, iniciando así un proceso legal que terminaría siendo histórico”.
Asec pone el acento en la importancia de demostrar que el estado de salud del trabajador “no solo le impedía ejercer su profesión habitual de soldador, sino cualquier otro tipo de trabajo”. Partiendo de la legislación vigente en materia de incapacidades laborales y seguridad social, el caso pasó por diversas instancias judiciales, “donde se evaluaron minuciosamente los informes médicos y las circunstancias del despido”.
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“Entrando a analizar el cuadro clínico del actor, a tenor de los hechos probados, considera probado la juzgadora que la patología principal del actor es de carácter respiratorio. Si bien se ha diagnosticado por el Servicio de Neumología que las dolencias son las de ACOS, fenotipo mixto EPOC-asma, también denominado síndrome de solapamiento entre asma y EPOC así como Apnea del Sueño, los últimos informes de dicho servicio (y posteriores al informe médico de recaída del INSS de 13/5/2022) apuntan como posible diagnóstico el de respiración disfuncional”, recoge la sentencia.
“Está hiperventilando nada más entrar en la consulta”
Según la sala de lo social número 2 de Valencia, tras analizar la repercusión funcional de la dolencia, “consideramos relevante el informe de Neumología de noviembre 2023 que señala ‘disnea prácticamente continua, está hiperventilando nada más entrar en la consulta’”.
La sentencia señala “la imposibilidad sin perjuicio de una de ejercicio de toda profesión, puesto que la disnea prácticamente continua sin la realización de ningún esfuerzo, como apunta dicho informe, junto con la apnea del sueño de grado moderado en su conjunto hacen difícil, si no imposible apreciar capacidad residual del trabajador, incluso para profesiones livianas y sedentarias”.
Por ende, estima la demanda frente al INSS y la Tesorería General de la Seguridad Social, y reconoce al soldador la pensión de incapacidad permanente en el grado de absoluta para “toda profesión por contingencia de enfermedad común”. Esta sala de lo social fija una base reguladora de 1326,46 euros desde el 1 de marzo de 2022, “condenando a la parte demandada a estar y pasar por dicha declaración”.
Para el despacho Asec, es “un hito judicial significativo”, pues “resalta la importancia crítica de considerar el impacto de las condiciones de salud en la vida profesional de los individuos”.