Ha sido una pequeña victoria judicial, pero muy importante para Sandra, una cartera madrileña que ha pasado por todo un periplo personal para que se le revocara una sanción que siempre consideró injusta. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón definitivamente a la trabajadora y ha condenado a la empresa pública a que le pague 1.000 euros como indemnización por daños morales. Como reiteran desde el sindicato CGT, una pequeña victoria judicial para su compañera, que ha estado dos años de baja psicológica y que por fin se ha podido reincorporar a su puesto de trabajo.
Sandra es cartera desde enero de 2007 con un sueldo actual de 1.736 euros brutos mensuales. Esta historia comenzó el 4 de enero de 2021. Ese día se encontraba en su oficina de Correos de Madrid esperando para iniciar el reparto diario cuando detectó un paquete sospechoso que pesaba 2,3 kilos, remitido desde otro país, que por su fuerte olor parece que llevaba hachís o marihuana. Sara llamó a la Policía Nacional, que se presentó en la oficina postal y decomisó el paquete.
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Diez días después, el 14 de enero de 2021, Sandra recibió un escrito del director de zona en la que se le comunicaba la imposición de una sanción de amonestación por la comisión de una falta leve del artículo 83 del III Convenio Colectivo de Correos. La empresa pública argumentaba que debía ser sancionada por “un retraso injustificado, desobediencia, negligencia o descuido excusables en el cumplimiento de sus tareas, siempre que de tales conductas no se deriven ni se puedan derivar perjuicios graves para el servicio”. Le acusaron, en definitiva, “de no querer repartir un paquete y la sancionaron con dos días de empleo y sueldo”, explican desde el sindicato CGT.
La sorpresa de Sandra fue mayúscula. El 15 de enero presentó una denuncia ante la Policía Nacional y el 22 de febrero presentó una demanda contra su sanción. El juzgado de lo Social número 14 de Madrid revocó la sanción, pero Correos recurrió esa decisión y el asunto llegó al Tribunal Superior de Justicia de Madrid. “La empresa tuvo la desfachatez de recurrir cuando un juzgado había dado la razón a Sandra, que no pudo aguantar la presión y ha estado de baja por problemas psicológicos”, explican desde CGT.
La sentencia del TSJM es demoledora. Para empezar, indica que la cartera no protagonizó conducta sancionable alguna. “Llama poderosamente la atención, causando a la vez notable extrañeza, el trato dispensado por la entidad pública demandada a una empleada que se comportó en forma no merecedora de reproche, atendiendo a pautas lógicas y jurídicas y a la propia realidad social”. La sentencia también señala “que hay indicios evidentes de que la corrección disciplinaria fue un acto de retorsión contra la cartera”. Y es que Sandra, antes de ser sancionada, pidió por carta una disculpa de la empresa por lo sucedido el día que encontró el paquete con drogas.
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“Este es un ejemplo más, particularmente extremo y peculiar, del maltrato empresarial contra la plantilla. Los carteros nos enfrentamos a jornadas demoledoras por culpa de una la constante sobrecarga de trabajo, y la empresa corresponde con actuaciones injustas, lamentables e injustificables como esta”, señalan desde el sindicato CGT. La sentencia del TSJM, de mayo de 2023 también anula definitivamente la sanción que cumplió Sandra.