El Gobierno ha aprobado este martes subir un 5% el salario mínimo interprofesional (SMI) hasta los 1.134 euros mensuales en 2024 y elevar el mínimo exento del IRPF para que los trabajadores que reciben esta nómina no tengan que pagar el impuesto de la renta. La portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, ha comparecido tras el Consejo de Ministros para explicar que la subida “claramente va a mejorar la calidad de vida de 2,5 millones de trabajadores, especialmente trabajadoras”. El SMI acumula un incremento próximo al 54% desde que PSOE y Sumar —antes, Unidas Podemos— están en el Gobierno.
El incremento del SMI llega después del acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos. La patronal se descolgó de la medida, que implica un aumento de 54 euros al mes. El salario mínimo anual alcanzará este mes los 15.876 euros brutos, aunque la subida tiene efectos retroactivos y se abonará la diferencia desde el 1 de enero. El Gobierno ha aprobado también una modificación del reglamento para liquidar el impuesto del IRPF, elevando el mínimo exento hasta equipararlo con el mínimo de las retribuciones. La Agencia Tributaria no aplicará ninguna retención sobre la nómina de los empleados que se queden por debajo de los 15.876 euros brutos anuales.
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“Este incremento es un paso adelante en la lucha por una distribución más justa de la riqueza y un intento de adaptar los salarios a la realidad actual del costo de vida”, han señalado fuentes de los sindicatos CCOO y UGT. Esta disposición, pendiente de formalizarse en el próximo Consejo de Ministros, ha generado expectativas positivas entre la clase trabajadora, especialmente entre aquellos que dependen del SMI para llegar a final de mes. Los trabajadores con una retribución por debajo del salario mínimo experimentarán una subida en la nómina a partir de la entrada en vigor de esta medida en el Boletín Oficial del Estado (BOE). ¿Cómo puede afectar la subida del SMI a los subsidios?
¿Cómo afecta la subida de los sueldos a las prestaciones?
El salario mínimo interprofesional (SMI) acaba de experimentar una subida del 5%, pasando desde los 1.080 euros mensuales —repartidos en 14 pagas— que cobraban los trabajadores el año pasado, hasta los 1.134 euros actuales. Este aumento conlleva un incremento de las cotizaciones sociales que pagan cada mes, lo que se traduce en un aumento de las bases de cotización de la Seguridad Social. Este ajuste supone una mejoría de las futuras pensiones. La medida, además, también repercute de forma directa sobre los subsidios y prestaciones que reciben las personas en situación de desempleo.
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Las personas que están en el paro y han agotado la prestación ordinaria por desempleo pueden solicitar también otro tipo de ayudas, como el subsidio por desempleo, gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), disponible para quienes han cotizado, al menos, 15 años. Los trabajadores, además, tienen que disponer de una renta máxima del 75% del salario mínimo para acceder a esta prestación. La subida del SMI llega con cambios en este sentido, aumentando la renta máxima que tienen que acreditar las personas desempleadas para seguir cobrando los subsidios. El límite de ingresos para reclamar el subsidio para mayores de 52 años, la renta activa de inserción y el subsidio para mayores de 45 años crecerá desde los 810 euros mensuales hasta los 850,5 euros al mes. El importe de estas prestaciones asciende generalmente hasta los 480 euros mensuales, es decir, el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que de momento no sufre cambios.