El atleta español Mohammed Katir ha sido suspendido por World Athletics debido a ausentarse en tres controles. El vigente campeón de los 5.000 metros lo ha anunciado en un comunicado: “En el día de hoy Athletics Integrity Unit (AIU) [la agencia independiente que lleva a cabo los controles para World Athletics] me ha comunicado una suspensión provisional ante lo que considera una infracción de las normas derivada de tres fallos de localización en los últimos doce meses (whereabouts). Durante la tramitación del procedimiento disciplinario, AIU ha acordado mi suspensión provisional”.
El español no podrá correr en las próximas semanas y según las normas de la World Athletics, podría llegar a estar parado dos años si su recurso no prospera. “Considero que no existe una infracción derivada de tres fallos de localización en los últimos doce meses. En alguno de los fallos de localización me encontraba disponible en lugar, fecha y horas aportadas por mi parte. Durante los últimos meses y años vengo siendo sometido a un gran número de controles de dopaje fuera de competición tanto en muestras de orina como de sangre, sin que se hubiese planteado el más mínimo problema por mi parte”, comentaba en el escrito. “Es importante tener presente que no estamos ante un expediente de infracción de las normas de dopaje por el uso de sustancias prohibidas, ni siquiera por eludir controles de dopaje fuera de competición”, recalca el atleta.
Precedentes favorables
“Voy a proceder a defenderme en las instancias que sean oportunas, como no puede ser de otra forma. Por ello, solicito que se respete el derecho a la presunción de mi inocencia hasta que sea tramitado y concluido el correspondiente procedimiento”, concluye su comunicado. No obstante, Katir podría encontrar un resquicio para evitar tales repercusiones, basándose en precedentes de otros atletas españoles que consiguieron anular procedimientos sancionadores similares. Uno de estos precedentes lo protagonizó Rafa Muñoz, nadador doble medallista en los Mundiales de Roma 2009. Tras esa cita, aquiló una caravana con sus amigos, se marchó a Francia y no regresó hasta febrero a sus entrenamientos al CAR de Sant Cugat. En ese tiempo, llegó su tercer incumplimiento del paradero en un año, lo que es equivalente a un positivo por doping y a una sanción de dos temporadas. Así se lo notificaron.
Sin embargo, con la ayuda del psicólogo José Carlos Jaenes, se le diagnosticó un síndrome que justificó ante la FINA su estado mental no óptimo para cumplir con el sistema de localización. La FINA absolvió al nadador, quien luego retornó a la competencia ganando el oro en los 50 metros mariposa. Adel Mechaal es otro caso de éxito en esta línea. Tras ser sancionado 15 meses por infracciones similares entre 2016 y 2017, Mechaal recurrió al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), que le concedió una medida cautelar permitiéndole competir mientras se dilucidaba su caso. El TAS finalmente anuló la sanción, atribuyendo dos de las tres infracciones a fallos del propio sistema ADAMS.
Vía de escape
En contraste, el nadador Sergio García y el atleta Ángel Mullera no lograron sortear las consecuencias de sus incumplimientos con el sistema ADAMS. García, por desconocimiento, no buscó recurrir su situación y terminó retirándose del deporte antes de los Juegos Olímpicos de 2012. Mullera, por otro lado, enfrentó una sanción de dos años y una multa de 7.500 euros tras un controvertido episodio de incumplimiento y posterior negativa a someterse a un control antidopaje. Los casos de Muñoz y Mechaal ilustran que, en circunstancias específicas y con argumentos sólidos, es posible revertir o anular sanciones relacionadas con el incumplimiento del sistema de localización de atletas.
Para Mo Katir, esta vía de escape podría representar una oportunidad para apelar y evitar una sanción que marcaría negativamente su carrera. No obstante, cada caso es único y dependerá de la solidez de las alegaciones presentadas y de la interpretación de las autoridades pertinentes. Este escenario subraya la importancia de los mecanismos de defensa y apelación en el marco regulatorio del deporte, así como la necesidad de que los atletas comprendan y cumplan rigurosamente con las obligaciones que implica el sistema ADAMS para evitar sanciones y preservar su integridad deportiva.