La Agencia Tributaria ha publicado las fechas en las que los ciudadanos tendrán que presentar la declaración de Renta de último ejercicio. Los españoles, por norma general, tenemos que realizar este trámite todos los años, aunque existen algunas excepciones. Los contribuyentes que tengan que rendir cuentas con Hacienda pueden completar el borrador online en la sede electrónica del organismo, aunque si lo prefieren, pueden presentarlo de manera telefónica. Los más convencionales también pueden acudir presencialmente a las oficinas de la Agencia Tributaria. El techo mínimo de ingresos para hacer la declaración de la Renta es normalmente de 22.000 euros anuales.
Hacienda ha publicado hace un par de semanas el Calendario del Contribuyente, que comprende toda la información que necesitan los trabajadores y las familias para no tener problemas con el Fisco. Este documento recoge las fechas clave para presentar la declaración de la Renta y desglosa los plazos en función del método escogido. La campaña de 2024 arrancará el próximo mes de abril, poco después de las vacaciones de Semana Santa. El Ministerio de Hacienda está intentando agilizar trámites y ha confirmado que la declaración solo se podrá presentar por Internet, aunque pondrá todos los medios informáticos y personales necesarios a disposición de los ciudadanos.
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La campaña de la Renta se extenderá hasta el 1 de julio, por lo que será una de las más largas de la última década. Los españoles que tengan que rendir cuentas con el Fisco pueden solicitar el borrador a partir del próximo 3 de abril, fecha en la que se abre el plazo para presentar las declaraciones de manera online. El 7 de mayo arranca el plazo para presentar la declaración por teléfono y el 3 de junio llega el turno de los contribuyentes que opten por completar los trámites in situ en cualquiera de las oficinas del organismo. Estos últimos, no obstante, tienen que pedir cita previa a partir del 25 de mayo.

¿Cómo deducir la hipoteca en la declaración de la Renta?
Los propietarios tienen que cumplimentar dos casillas para desgravar la hipoteca en la declaración de la Renta. En primer lugar, tienen que rellenar la casilla 547, correspondiente al tramo estatal de la deducción, pero también la casilla 548, que corresponde al tramo autonómico. Los usuarios, no obstante, tienen que cumplir con una serie de requisitos para poder desgravarse el IRPF:
- La vivienda hipotecada tiene que figurar como residencia habitual. Los ciudadanos no pueden deducirse el IRPF de segundas viviendas, apartamentos vacacionales o pisos en alquiler.
- La fecha del contrato de la hipoteca tiene que ser anterior al 1 de enero de 2013.
- Los contribuyentes tienen que acreditar que han desgravado la hipoteca en 2012 o durante los años anteriores.
Estas son las opciones que contempla la normativa estatal, pero algunas comunidades autónomas tienen a disposición de los vecinos otras ventajas fiscales para poder desgravar la hipoteca en la declaración de la Renta, como tener una discapacidad, ser menor de 35 años y ser víctima de violencia de género o terrorismo. La deducción por inversión en vivienda habitual consta de dos tramos, uno autonómico y otro estatal, sobre una base máxima anual de 9.040 euros.
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