El PSOE corrige la ley de amnistía y encaja la pieza del terrorismo: ¿qué supone el cambio pactado con Junts?

El cambio pactado consiste en “excluir de la aplicación de la ley de amnistía los casos más graves de terrorismo”

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El ministro de la Presidencia,
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ofrece una rueda de prensa al término de la reunión del Consejo de Ministros este martes en Madrid. (EFE/Zipi)

PSOE, Junts y ERC han pactado este martes corregir la ley de amnistía, que se tramita en el Congreso y está a un paso de recibir el respaldo definitivo de la Cámara Baja tras ser aprobado el dictamen de la norma en la Comisión de Justicia. A través de una enmienda transaccional pactada por estas tres formaciones y aprobada en el seno de la comisión, el precepto sobre la exclusión de los delitos de terrorismo en el texto de la ley presentado en noviembre ha cambiado, pero no ha desaparecido, tal como proponían Junts y ERC.

En concreto, y según defienden fuentes de la parte socialista del Gobierno, lo que se ha hecho es “adaptar los parámetros”, es decir, el cambio consiste en “excluir de la aplicación de la ley de amnistía los casos más graves de terrorismo”. “El terrorismo queda exceptuado de la amnistía siempre que suponga violaciones graves de derechos humanos. Con la redacción anterior, los delitos graves de terrorismo podrían quedar amnistiados si no tenían sentencia firme”, remachan fuentes de Ferraz.

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Desde Moncloa reconocen que la redacción del artículo 2.d de la norma presentada por el PSOE era demasiado “amplia”, ya que todavía no hay ninguna sentencia firme sobre delitos de terrorismo vinculados al procés. Actualmente, hay dos causas en curso en la Audiencia Nacional que investigan hechos de este tipo: la causa de Tsunami Democràtic, que afecta al expresidente catalán Carles Puigdemont y la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y una segunda causa que investiga a activistas de los Comités de Defensa de la República (CDR).

Así, los partidos independentistas, a través de sus enmiendas, pedían suprimir directamente del texto presentado en noviembre el punto que hace referencia a los actos tipificados como “delitos de terrorismo castigados en el Capítulo VII del Título XXII del Libro II del Código Penal, siempre y cuando haya recaído sentencia firme y hayan consistido en la comisión de alguna de las conductas descritas en el artículo 3 de la Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017″.

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Ahora, tras la enmienda pactada por el PSOE y los independentistas, este apartado, lejos de suprimirse, incorpora un nuevo matiz en relación con los delitos de terrorismo. Mantiene la exclusión de la amnistía a “los actos tipificados como delitos de terrorismo castigados en el Capítulo VII del Título XXII del Libro II del Código Penal que hayan consistido en la comisión de alguna de las conductas comprendidas en la Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, siempre y cuando, de forma manifiesta y con intención directa, hayan causado violaciones graves de derechos humanos, en particular, las previstas en el artículo 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, y en el derecho internacional humanitario”.

Blindar el regreso de Puigdemont y otros políticos fugados

Otra enmienda pactada por estas tres fuerzas ahondan en garantizar la aplicación de la ley aunque se recurra ante la Justicia europea y ésta suspenda el procedimiento. Afecta al artículo 4 de la proposición de ley y deja claro que el juez retirará de “inmediato” esas medidas cautelares, además de las órdenes de búsqueda y captura y de detención, aunque el procedimiento penal quede en suspenso “por cualquier causa”, como podría ser un recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) o ante el Tribunal Constitucional.

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“El órgano judicial que esté conociendo de la causa procederá a dejar sin efecto las órdenes de busca y captura e ingreso en prisión de las personas a las que resulte de aplicación esta amnistía, así como las órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención”, reza el nuevo punto 4.b. Con este redactado, se garantiza que el expresidente de la Generalitat y otros políticos fugados puedan regresar a España sin que pesen sobre ello ninguna medida cautelar.

Por su parte, el ministro de Justicia, Félix Bolaños, ha asegurado este martes que las enmiendas a la ley de amnistía pactadas por el PSOE con los independentistas son de “carácter técnico” y mantienen el terrorismo como un delito exceptuado de su aplicación cuando suponga una “violación grave” de los derechos humanos, manteniendo así la “línea roja” a la que se había comprometido el Gobierno. “Dijimos que el terrorismo se queda fuera de la ley de amnistía y sigue fuera en el caso de vulnerar los derechos humanos”, ha añadido.

Bolaños ha dejado claro que son los jueces quienes deben considerar si los delitos aludidos suponen o no una vulneración de los derechos humanos, y por ende, aplicar o no la norma en virtud de su interpretación.

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