Las normas de la DGT que deben cumplir los patinetes eléctricos: se exponen a multas de hasta 1.000 euros

Las normas sobre el consumo de drogas o el uso de auriculares al volante de estos vehículos está regulado igual que los coches y motos

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Patinetes eléctricos en una calle de Madrid (Foto: Ayuntamiento de Madrid)
Patinetes eléctricos en una calle de Madrid (Foto: Ayuntamiento de Madrid)

El Reglamento General de Vehículos (RGV) define como vehículos de movilidad personal (VMP) a aquellos de una o más ruedas dotados de un único asiento y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, los cuales permiten alcanzar velocidades que varían entre los 6 y los 25 km/h. El patinete eléctrico, debido a su creciente uso, se ha convertido en la figura más representativa dentro de esta categoría.

Según el marco normativo actual, estos dispositivos pueden incorporar un asiento o sillín únicamente si disponen de un sistema de autoequilibrado, y la regulación excluye expresamente a los vehículos diseñados para personas con movilidad reducida.

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Pese a que los municipios ejercen la potestad de regular la circulación de VMP dentro de sus demarcaciones, existen directrices fijadas por el RGV que deben cumplirse de manera invariable. En este contexto, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha desarrollado un manual de características de los vehículos de movilidad personal, con el propósito de compilar los criterios técnicos que los VMP deben satisfacer para transitar legalmente por las vías.

A partir del lunes 22 de enero, todos los patinetes eléctricos puestos a la venta deben poseer un certificado y ajustarse a determinados requerimientos. El objetivo de la implantación de esta medida es asegurar la seguridad en la vía pública, la protección de los usuarios de VMP y garantizar que estos cumplan con estándares de calidad y durabilidad mínimamente exigibles.

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Hasta 1.000 euros de multa

Los patinetes eléctricos están sujetos a un conjunto de restricciones de tránsito que impiden su uso en aceras, así como su circulación en carreteras interurbanas, travesías, autopistas, autovías y túneles urbanos. Al igual que el resto de vehículos, los usuarios de estos VMP deben atenerse a los límites de alcohol establecidos en la Ley de Seguridad Vial y a la prohibición absoluta de conducir con presencia de drogas en el cuerpo. Además, durante la conducción, es obligatorio no hacer uso de auriculares, teléfonos móviles u otros dispositivos electrónicos.

Infringir la regulación relativa al consumo de alcohol y drogas al manejar un patinete eléctrico puede desembocar en sanciones económicas severas. Aquellos conductores que sean sorprendidos bajo los efectos del alcohol enfrentarán multas que oscilan entre los 500 y 1.000 euros, dependiendo de la tasa alcohólica detectada. En el caso de drogas, la multa establecida es de 1.000 euros; en ambos escenarios, el VMP será retenido, alineándose con la normativa que aplica para otros tipos de vehículos. La Dirección General de Tráfico advierte que el uso indebido de teléfonos móviles o cualquier otro medio de comunicación mientras se conduce un VMP acarreará una sanción de 200 euros.

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El incumplimiento de otras medidas de seguridad como el uso de auriculares, la falta de sistemas de iluminación o vestimenta reflectante apropiados durante la noche, o la omisión del casco en aquellos municipios donde su uso sea obligatorio por ordenanza, conllevará igualmente sanciones de 200 euros de penalización.

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