Las operaciones inmobiliarias suelen llevar implícito un fuerte desembolso económico. La Guía sobre la tributación de la propiedad y el alquiler de vivienda pone de manifiesto el “elevado” coste fiscal que supone la venta de un inmueble en España. La carga tributaria asciende hasta el 10% del importe total, es decir, diez de cada cien euros son impuestos. Los compradores y los propietarios tienen que echar bastantes cuentas antes de formalizar cualquier movimiento. ¿Qué impuestos tiene que pagar cada una de las partes implicadas en la venta de una casa?
Los compradores deben tener en cuenta que los impuestos a pagar suelen alcanzar el 10% del precio total del inmueble, aunque todo dependerá del estado de la propiedad. Por norma general, la adquisición de una vivienda nueva está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Los usuarios también tendrán que hacer frente al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITP-AJD). Las operaciones inmobiliarias tampoco salen gratis para los propietarios, que tendrán que liquidar una serie de pagos y declarar sus ganancias.
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Los gastos por la venta de un inmueble se pueden dividir en distintas partidas: gestoría, agencia inmobiliaria, certificado energético, servicios de notaría y registro. El principal desembolso, sin embargo, llega con los impuestos que tenemos que pagar al deshacernos de cualquier vivienda. Los propietarios tienen que hacer frente a tres impuestos asociados: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), la plusvalía municipal y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). La Agencia Tributaria, en cualquier caso, suele quedarse con una parte importante del dinero.
¿Cuánto se paga de IRPF por la venta de un piso?
Los propietarios tienen que rendir cuentas con Hacienda y comunicar las ganancias patrimoniales por la venta de un inmueble en su declaración de la renta, siempre que la operación haya supuesto un incremento del patrimonio. En ocasiones, las compraventas dejan un resultado negativo, pero también es obligatorio reflejarlo en forma de pérdidas patrimoniales por la venta de un inmueble. Estos son los porcentajes que aplica la Agencia Tributaria en caso de que aumenten los beneficios de los titulares:
- La ganancia deberá incluirse en la base imponible del ahorro, tributando al 19% hasta los 6.000 euros.
- La ganancia deberá incluirse en la base imponible del ahorro, tributando al 21% para el tramo entre los 6.000 y los 50.000 euros.
- La ganancia deberá incluirse en la base imponible del ahorro, tributando al 23% para el tramo entre los 50.000 y los 200.000 euros.
- La ganancia deberá incluirse en la base imponible del ahorro, tributando al 27% para el tramo entre los 200.000 y los 300.000 euros.
- La ganancia deberá incluirse en la base imponible del ahorro, tributando al 28% desde los 300.000 euros en adelante.
En cuanto al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), la normativa dice que le corresponde abonarlo al propietario en la fecha de devengo de la tasa, es decir, el 1 de enero de cada ejercicio fiscal. Lo más habitual es pactar un reparto entre la parte vendedora y los compradores, prorrateando el coste anual del tributo y considerando la fecha en la que se hace efectiva la compraventa. Los propietarios se pueden deducir los gastos de agencia inmobiliaria, la cancelación de la hipoteca —si existía— y el importe de la plusvalía municipal.