Restricción de tarjetas de crédito, hipotecas… Todas las consecuencias de estar en una lista de morosos

Figurar en uno de estos listados acarrea una serie de consecuencias negativas que, por supuesto, no son nada deseables

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Las deudas con la Agencia
Las deudas con la Agencia Tributaria prescriben a los cuatro años. (Freepik)

Una lista de morosos es una base de datos informatizada en la que figuran personas físicas o jurídicas por impago de deudas. Son instrumentos muy valiosos para las empresas a la hora de valorar el riesgo de una relación financiera o comercial con un futuro cliente. Entre las más importantes destacan Asnef, Equifax, Experian, Badexcug, RAI, CIRBE y el Fichero de Incidencias Judiciales (FIJ).

Hay quien piensa que en estas listas solo figuran los que deben cantidades importantes, como plazos de su hipoteca o las cuotas de un préstamo, pero no es así. En realidad, cualquier impago de recibos, -por ejemplo, de la luz, teléfono, agua, etc-, por pequeño que sea su importe, incluso cuando se han devuelto por considerarlos incorrectos o inexactos, puede hacer que el deudor termine en una lista de morosos. Las empresas o entidades más comunes que introducen datos en las listas de morosos son de telefonías, bancos y cajas de ahorro, multas, ayuntamientos, Seguridad Social, Hacienda, etc.

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¿Qué pasa si estoy en una lista de morosos?

A veces ocurre que una persona figura en estos listados sin ningún motivo ni culpa suya. Se puede llegar a esta indeseable situación si se ha sido objeto de un “robo de identidad”; o porque el suministrador de un servicio haya continuado cobrándoselo a su cliente después de haberse dado de baja; o incluso en los casos de cancelación de la deuda por parte del deudor porque sus datos no hayan sido eliminados del registro.

Por eso, quienes se hayan visto en alguna ocasión en una de estas circunstancias es normal que se pregunten ¿qué pasa si estoy en una lista de morosos? Evidentemente, no es nada halagüeño. Figurar en uno de estos listados acarrea una serie de consecuencias negativas que, por supuesto, no son nada deseables. Por ejemplo, puede ocurrir que a una persona, por figurar en una de estas listas por impago de un simple recibo del agua, le deniegue el banco la solicitud de un préstamo; en una compañía telefónica, la contratación de una línea nueva; en una tienda, la compra a plazos de algún electrodoméstico; y así se podrían citar cientos de casos como estos.

Devolver una factura o un recibo, o no pagar a tiempo la cuota de un préstamo, es algo serio que no hay que tomarse a la ligera. El perjuicio que puede causar un impago -por pequeño que sea- es considerable; eso sin contar los quebraderos de cabeza a la hora de cancelarlo y de solicitar la exclusión en dichas listas.

¿Cómo se entra en una lista de morosos?

La inclusión de una persona en una lista de morosos es relativamente sencilla si se cumplen una serie de condicionantes:

  • Que exista una deuda cierta, vencida y exigible.
  • Que haya resultado impagada.
  • Que se le haya requerido infructuosamente el pago.
  • Que no exista prueba documental que contradiga los requisitos anteriores.

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En cualquier caso, esta inclusión no puede hacerse de un día para otro. La Agencia Española de Protección de Datos dice que solo se podrá entrar en estos ficheros tras el cuarto mes de impagos acumulados. Sin embargo, muchas compañías proceden a registrar a su cliente en estas listas negras al tercer recibo devuelto. La Ley Orgánica de 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en su artículo 29, regula la prestación de servicios de información sobre la solvencia patrimonial y el crédito, obligando a las empresas dedicadas a este fin a:

  • Notificar a los interesados, en el plazo de treinta días, los datos de carácter personal que hubiesen sido incluidos.
  • Informarle de su derecho a recabar información de la totalidad de ellos.
  • Comunicar los datos y las comunicaciones de los últimos seis meses y el nombre y dirección a quien se les hayan revelado.
  • Registrar y ceder, solamente, los datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica de los interesados y que no se refieran, cuando sean adversos, a más de seis años, siempre que respondan con veracidad a la situación actual de aquellos.

¿Cómo salir de una lista de morosos?

Para terminar, te vamos a contar cuáles son las dos formas de poder salir de una lista de morosos en caso de que te encuentres en esta situación:

  • Pagando tu deuda: una vez solventes el pago o la obligación que tenías pendiente, dejarás de formar parte de la lista de morosos.
  • Impugnar tu deuda satisfactoriamente: en el caso de que existan motivos justificados para impugnar la deuda por la que te ves afectado y procedes a ello, puedes finalmente salir de la lista de morosos si dicha impugnación sale adelante.

No obstante, si te encuentras en una lista de morosos, pero consigues abonar tu deuda o cumples con los plazos una vez se te ha notificado, es muy importante que confirmes que se ha producido tu salida de dicha lista. Para asegurarte de ello, te aconsejamos contactar con el gestor de la lista para que te confirme tu salida y que tu deuda ha quedado definitivamente subsanada, recurrir a la ayuda de un especialista o abogado para que te asista en caso de que lo necesite. En última instancia, puedes denunciar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) cualquier fallo o irregularidad detectado en tu inclusión en la lista de morosos.

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