Los únicos trabajadores que no tienen que pagar el nuevo impuesto de la nómina destinado a financiar las pensiones

El MEI es una nueva cotización adicional que se suma al pago mensual que debe llevar a cabo

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Una trabajadora autónoma revisa las facturas de su negocio. (Freepik)
Una trabajadora autónoma revisa las facturas de su negocio. (Freepik)

Desde el mes de enero del pasado año, las nóminas se han visto alteradas por la introducción de un nuevo impuesto; el MEI. Esto ha hecho que todos los trabajadores deban agregar una nueva cotización mensual y que, además, las empresas también deban abonar su parte en cada una de las nóminas de sus empleados. Pero, ¿sabes qué es el impuesto MEI, para qué sirve y cómo afecta?

El impuesto MEI es de nueva aplicación desde el mes de enero del año 2023. La ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, es donde se regula y justifica todo lo relacionado al mismo.

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Básicamente, lo que esta ley dice es que existe la necesidad de proteger y fortalecer el sistema de pensiones que, hoy en día, está en severo riesgo pues no existen fondos suficientes para poder pagarlas en un futuro no demasiado lejano. La principal causa es el envejecimiento de la población y que la tasa de natalidad en nuestro país es cada vez más baja. Por ello, y como medida de prevención y ahorro, se ha creado el Mecanismo de equidad intergeneracional (MEI), que es un impuesto que ya se está aplicando para conseguir aumentar la hucha de las pensiones.

El impuesto MEI no es un descuento de la fracción del salario que percibe el trabajador, sino una nueva cotización adicional que se suma al pago mensual que debe llevar a cabo. Es un mecanismo temporal que se mantendrá durante, al menos, 30 años, y con el que se prevé que se conseguirán ahorrar entre 2.000 y 3.000 millones de euros para poder hacer frente al pago de las futuras pensiones. Una vez se supere el tiempo, se llevará a cabo una revisión para valorar si es necesario dejarlo o eliminarlo. Las empresas, trabajadores por cuenta ajena y autónomos, están obligados a pagar este nuevo impuesto sin importar el nivel de sus ingresos.

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El Gobierno ha determinado que el MEI nómina esté vigente desde el año 2023 hasta el año 2050. Hasta el año 2029 se llevarán a cabo incrementos en los pagos y, en el año 2030 se mantendrán fijos hasta el año 2050. Durante estos últimos 20 años se revisará cómo están las arcas de las pensiones y se valorará si es necesario hacer cambios, aumentos, disminuciones o incluso eliminar dicho impuesto.

¿Qué trabajadores que no tienen que pagar el MEI?

El nuevo impuesto MEI es obligatorio para todos los trabajadores por cuenta propia o ajena y para todas las empresas de España. Las únicas personas que están exentas de pagarlo son todas aquellas que formen parte de los colectivos de trabajadores que no tengan obligación de cotizar por la contingencia de jubilación, es decir, aquellos que sólo coticen por contingencias profesionales, los trabajadores que estén incluidos en los artículos 152 y 153 de la Tesorería General de la Seguridad Social y los empleados que tengan un contrato de prácticas formativas o académicas. El impuesto MEI aparece reflejado en la nómina junto al resto de deducciones, en el apartado de aportaciones del trabajador a la Seguridad Social, en recaudación.

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Importe

El importe del MEI en los próximos años será el siguiente:

  • Año 2023: 0,60%. El empleador pagará el 0,50% y el 0,10% será abonado por el empleado.
  • Año 2024: 0′70%. El empleador pagará el 0,58% y el 0,12% será abonado por el empleado.
  • Año 2025: 0,80% El empleador pagará el 0,67% y el 0,13% será abonado por el empleado
  • Año 2026: 0,90%. El empleador pagará el 0,75% y el 0,15% será abonado por el empleado.
  • Año 2027: 1%- El empleador pagará el 0,83% y el 0,17% será abonado por el empleado.
  • Año 2028: 1,10%. El empleador pagará el 0,92% y el 0,18% será abonado por el empleado.
  • Año 2029 y hasta 2050: 1,20%. El empleador pagará el 1% y el 0,20% será abonado por el empleado.
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