En España, las personas jubiladas empezaron 2024 con una buena noticia en su cuenta bancaria: el aumento del 3,8% y del 6,9% de las pensiones contributivas y no contributivas, respectivamente. Estas prestaciones que gestiona la Seguridad Social son incompatibles entre sí, aunque hay excepciones. Este es el caso de quienes reciben una pensión de viudedad, ya que pueden cobrar, al mismo tiempo, otra cuantía y, con ello, percibir unos ingresos mensuales de más de 3.000 euros. Pero, para ello, han de cumplir una serie de requisitos.
El organismo que gestiona el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, liderado por Elma Saiz, abona un total de 2,35 millones de pensiones de viudedad. Estas se dirigen a quienes han perdido a su cónyuge o pareja de hecho, con el objetivo de combatir la pérdida de ingresos que pueden sufrir por su fallecimiento. Sus beneficiarios forman parte de los 6,3 millones de personas que obtienen una pensión y disfrutarán la revalorización aprobada por el Gobierno.
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Este ajuste representa una subida media en las pensiones de 52 euros al mes, unos 734 euros anuales, según datos de la Seguridad Social. Con este incremento, se estima que la cuantía media alcanzará los 1.430,76 euros. Esto también afecta a la pensión máxima, que ahora se fija en 3.175 euros mensuales en 14 pagas anuales, 44.450 euros por año, frente a los 3.059 euros mensuales anteriores.
Cuál es la pensión compatible con la de viudedad

La pensión de viudedad es compatible con “cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a que el mismo tuviera derecho”, tal y como se indica en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
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Así, aquellos que cobran una pensión de viudedad pueden obtener, al mismo tiempo, una pensión del SOVI, siempre y cuando su suma no sea superior al doble del importe de la pensión mínima de viudedad para personas con 65 años o más. Si se supera este límite, la cuantía del SOVI se reduce lo necesario para no excederse.
Sin embargo, cuando el causante no esté dado de alta o en situación asimilada de alta en el momento del fallecimiento, no será compatible con el reconocimiento de otra pensión de viudedad en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social. Aunque hay una excepción: si las cotizaciones acreditadas en cada uno de los regímenes se superponen, como mínimo, durante 15 años.
A ello se une que, en caso de que se cobre la prestación de viudedad por reunir las condiciones, aunque se haya contraído nuevo matrimonio o formado una pareja de hecho, la pensión que pudiese generarse por fallecimiento será incompatible con la que se percibía, por lo que habría que optar por una de ellas.
El dinero máximo que puedes cobrar con la pensión de viudedad y jubilación

El 6,9%. Es este el alza que han registrado las pensiones no contributivas desde el 1 de enero de 2024. Tras este reajuste, la cuantía de las pensiones de viudedad alcanza los 517,9 euros al mes, 7.250,6 euros al año.
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De esta forma, lo máximo que se puede cobrar con una pensión de jubilación y una de viudedad a la vez se corresponde con la cuantía máxima de estas prestaciones que, en 2024, es de 3.175 euros mensuales en 14 pagas anuales, 44.450 euros por año. El pasado año, este límite estaba fijado en los 3.059 euros mensuales.
La pensión mínima de viudedad que sube un 14%
Con el incremento del 6,9% de las pensiones no contributivas, la cuantía mínima para hogares unipersonales hace lo propio y sube hasta los 11.552,8 euros anuales mientras que, en 2023, era de 10.963,4 euros.
Por su parte, para los hogares con cónyuge a cargo, la pensión mínima se establece en 14.466,2 euros anuales, un aumento muy destacable dado que, en el ejercicio anterior, era de 13.526,80 euros al año.
Asimismo, la pensión mínima de viudedad con cargas familiares aumentará un 14,1%. Para cumplir con el RD 2/2023, esta cuantía se iguala a la de la pensión mínima de jubilación con cónyuge a cargo.
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