Estas son las fechas clave para los autónomos en el mes de enero

El primer mes del año es uno de los periodos con mayor carga de obligaciones fiscales ya que se junta el cuarto trimestre con algunas declaraciones anuales

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Varias personas son atendidas en
Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria.

Los autónomos tienen que presentar y pagar sus declaraciones fiscales de IVA e IRPF por trimestres. Al inicio de cada trimestre se presentan las declaraciones correspondientes al trimestre anterior. De esta forma, al inicio de este año muchos trabajadores por cuenta propia deben presentar sus cuentas correspondientes al cuarto trimestre del pasado año, que suele constituir uno de los periodos con mayores ventas para muchos sectores. Así, enero se consagra como uno de los meses más importante en el calendario de los autónomos, que tienen que tener en cuenta algunas fechas clave.

Los trimestres de los autónomos empiezan en los meses de enero, abril, julio y octubre. Esos son, por tanto, los 4 meses clave que debes tener muy presentes en tu relación con Hacienda. Enero marca el inicio del primer trimestre del año fiscal, abril del segundo trimestre, julio del tercer trimestre y octubre del cuarto. El primer mes del año es uno de los periodos con mayor carga de obligaciones fiscales para autónomos y pymes, ya que se junta el cuarto trimestre del autónomo con algunas declaraciones anuales.

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Hasta el 2 de enero de 2024 había que presentar tanto los modelos 036 y 037 -para renunciar o revocar de los regímenes de estimación directa simplificada y estimación objetiva para 2024 y sucesivos- como el modelo 303 que corresponde con la autoliquidación de IVA de noviembre de 2023.

Fechas clave a en el mes de enero

Hasta el 22 de enero de 2024 se presentan:

  • Modelo 039, comunicación de incorporaciones en el mes de diciembre, régimen especial del grupo de entidades de IVA.
  • Modelo 111, declaración trimestral retenciones de personal y profesionales.
  • Modelo 115, declaración trimestral retenciones de alquileres.
  • Modelo 123, pago de los intereses de préstamos, arrendamientos de negocios, acciones, bonos, depósitos a plazo y esta clase de rendimientos de capital mobiliarios.

Hasta el 30 de enero de 2024 se presentan:

  • Modelo 130, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta.
  • Modelo 131, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta, Régimen Simplificado.
  • Modelo 303, declaración trimestral de IVA.
  • Modelo 349, declaración informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
  • Modelo 390, resumen anual de las declaraciones trimestrales de IVA.

Hasta el 31 de enero de 2024 se presentan:

  • Modelo 165, declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación.
  • Modelo 179, declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
  • Modelo 180, resumen anual de las declaraciones trimestrales del modelo 115 retenciones de alquileres.
  • Modelo 182, donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas.
  • Modelo 184, declaración informativa anual que resume los ingresos, gastos y beneficio obtenido por algunas sociedades no mercantiles.
  • Modelo 188, Rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
  • Modelo 190, resumen anual de las declaraciones trimestrales del modelo 111 retenciones de personal y profesionales.
  • Modelo 233, declaración informativa por gastos en guardería.
  • Modelo 270, declaración de premios de lotería.
  • Modelo 345, modelo anual de planes de pensiones, fondos de pensiones, planes de previsión asegurados o de previsión social empresarial, seguros de dependencia, etc.