El trámite que tiene que hacer un grupo de pensionistas antes de abril para seguir cobrando la pensión

La fecha límite para realizar esta gestión es el 31 de marzo, una vez pase este plazo, la pensión quedará suspendida

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Un pensionista saca dinero en el cajero de su entidad bancaria. (Shutterstock)
Un pensionista saca dinero en el cajero de su entidad bancaria. (Shutterstock)

Cada año, los pensionistas españoles que residen en el extranjero deben llevar a cabo un trámite: acreditar su vivencia; es decir, acreditar que siguen vivos y que, por tanto, deben seguir cobrando la cuantía correspondiente. Para ello, la Seguridad Social ha abierto el plazo para que los jubilados (únicamente los residentes fuera de España) puedan llevar a cabo este trámite. La fecha límite para realizar esta gestión es el 31 de marzo, una vez pase este plazo, la pensión quedará suspendida.

Esta fe de vida debe ser emitida por la autoridad competente del país en el que se encuentre viviendo, y debe llevarse a cabo cada año, para que el interesado pueda seguir recibiendo la pensión. Aunque los jubilados residentes en el extranjero también pueden acreditar su vivencia ante los encargados del Registro Civil Consular, o a través de su comparecencia presencial o telemática ante las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Sin embargo, este año, por primera vez, se podrá hacer a través de una tercera vía que se ha puesto a disposición de los jubilados españoles con el fin de facilitar todo el trámite.

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Se trata de VIVESS, una aplicación gratuita que se encuentra disponible tanto para los dispositivos Android y iOS. Una vez que esta se encuentre instalada, el interesado podrá realizar la declaración de vivencia o fe de vida sin necesidad de acudir a ninguna oficina o tener que realizar ningún envío postal. Una vez realizado el trámite, el pensionista recibirá una justificación de forma inmediata de que la gestión se ha realizado y, posteriormente, recibirá la confirmación del INSS, sin necesidad de realizar más trámites.

Cómo usar VIVESS

Una vez que el pensionista ha descargado la aplicación en su dispositivo, llega el momento de acceder a ella y podrá hacerlo con la Cl@ve, el DNI o NIE, o con el número de expediente, que podrá consultar en la carta de revalorización de la pensión que se envía cada año. Además, también deberá introducir el país de residencia y otros datos personales. Tras ello, es necesario mostrar el documento de identidad por el anverso y reverso.

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El último paso consiste en acreditar la vivencia. Para ello es necesario pulsar la opción “acreditar vivencia” y hacerse una foto. Una vez realizado este paso, el pensionista recibirá un justificante informando de que el trámite se ha realizado correctamente. Cabe destacar que esta aplicación solo la podrán utilizar los pensionistas que residen en el extranjero. Aquellos que no residan en España, pero estén recibiendo una pensión de orfandad, tampoco podrán utilizarla.

Esta aplicación está disponible en castellano, inglés, francés y alemán. Una vez iniciada la sesión en la aplicación, se seleccionará automáticamente el idioma predeterminado que haya en el móvil. Pero, ¿qué ocurre si no se acredita la vivencia en el plazo indicado? En caso de que no se realice el trámite en el plazo establecido (del 1 de enero al 31 de marzo), la pensión quedará suspendida hasta que se lleve a cabo la fe de vida.

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