Los tramos del IRPF en 2024 según tu sueldo: esto es lo que retiene Hacienda de la nómina

Los contribuyentes podrán presentar su declaración de la Renta a partir del 3 de abril y tendrán hasta el 1 de junio, cuando concluye la campaña de la Agencia Tributaria

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Los tramos de IRPF correspondientes al ejercicio 2024 están fijados, a falta de que se confirmen en los próximos Presupuestos Generales del Estado. (Freepik)
Los tramos de IRPF correspondientes al ejercicio 2024 están fijados, a falta de que se confirmen en los próximos Presupuestos Generales del Estado. (Freepik)

Como cada año, en 2024, los contribuyentes deberán presentar su declaración de la Renta y, por ende, rendir cuentas con Hacienda. En esta ocasión, la campaña de la Agencia Tributaria trae consigo varias novedades. Y es que será la más larga de los últimos años, ya que comienza el 3 de abril y llega a su fin el 1 de junio. También se ha actualizado la tabla de retenciones del IRPF de la nómina, por lo que fija el porcentaje de ingresos de cada trabajador en este ejercicio fiscal, en función de su sueldo.

En algo más de dos meses, los trabajadores por cuenta ajena y propia tendrán que pagar a Hacienda el importe que corresponda en concepto de impuestos, en caso de que la entidad no les devuelva si han pagado de más. Sin embargo, quedan exentos de este trámite quienes hayan tenido rendimientos de trabajo inferiores a 22.000 euros anuales si tuvieron solo un pagador, o de hasta 15.000 euros, si tuvieron dos o más pagadores, aunque siempre que la suma del segundo y sucesivos sea de 1.500 euros.

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Por tanto, según la situación personal de cada contribuyente, este presentará los ingresos por trabajo y sus retenciones a Hacienda con el modelo 144. Pero el resto de ingresos por otras cuestiones como inversiones, venta de inmuebles, herencia u otras actividades económicas, se presentan con el modelo 100 en la campaña anual de la Renta.

Cuáles son los tramos del IRPF en 2024

Antes de hacer la declaración de la Renta, se abona un ‘adelanto’ a Hacienda. (Freepik)
Antes de hacer la declaración de la Renta, se abona un ‘adelanto’ a Hacienda. (Freepik)

Lo primero que deben tener en cuenta los trabajadores es que, antes de hacer la declaración de la Renta, se abona un ‘adelanto’ a Hacienda. Esto deriva de los conocidos como tramos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que establecen los porcentajes de retención que se aplican, en función del dinero que gana cada persona.

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Así, los tramos de IRPF correspondientes al ejercicio 2024, a falta de que se confirmen en los próximos Presupuestos Generales del Estado, son los siguientes:

  • De 0 a 12.450 euros: 9,5% (Tipo estatal); 9,5% (Tipo autonómico); Total 19%.
  • De 12.450 a 20.200 euros: 12% (Tipo estatal); 12% (Tipo autonómico); Total 24%.
  • De 20.200 a 35.200 euros: 15% (Tipo estatal); 15% (Tipo autonómico); Total 30%.
  • De 35.200 a 60.000 euros: 18,5% (Tipo estatal); 18,5% (Tipo autonómico); Total 37%.
  • De 60.000 a 300.000 euros: 22,5% (Tipo estatal); 22,5% (Tipo autonómico); Total 45%.
  • Más de 300.000 euros: 24,5% (Tipo estatal); 22,5% (Tipo autonómico); Total 47%.

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Conocer la retención de IRPF que se aplica en la nómina de cada trabajador o en sus facturas permite descubrir cuál es el sueldo neto tras pagar los impuestos fijados por ley. Además, hay que tomar en consideración que se trata de un impuesto progresivo, de manera que se retiene más a quienes ganan más dinero, ya que se incrementa según la renta. A ello se une que puede haber modificaciones en los tramos, dado que están reguladas por los Presupuestos Generales del Estado, pero los de 2024 aún no se han aprobado, por lo que se han prorrogado los de 2023.

Por ejemplo, si una persona cobra 26.000 euros brutos al año, tendrá varias retenciones progresivas de tramo, no una del 30% sobre esa cantidad total. Esto significa que, sobre los primeros 12.450 euros, abonará un 19%, un 24% sobre la siguiente cantidad hasta alcanzar los 20.200 euros, y un 30% sobre el dinero restante.

A su vez, no hay que olvidar que estos tramos de IRPF en 2024 se aplican sobre los rendimientos de este año, pero constarán en la declaración de la Renta que se realice en 2025. Esta vez, se presentan las ganancias de 2023, con las retenciones correspondientes de ese año.

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