Lo que podría hacer Cataluña con el control de los flujos migratorios tras el pacto entre PSOE y Junts

Pocas luces y muchas sombras sobre el pacto para transferir las competencias en esta materia sellado por PSOE y Junts

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Laura Borràs, Jordi Turull, Carles
Laura Borràs, Jordi Turull, Carles Puigdemont y Míriam Nogueras a su llegada al Parlamento Europeo. (Europa Press)

La polémica en torno al último pacto entre PSOE y Junts continua en lo referente a uno de sus principales puntos, la “delegación de las competencias sobre inmigración a la Generalitat, mediante la vía del artículo 150.2 de la Constitución española a través de una ley orgánica específica por Cataluña”. El texto del acuerdo ofrece pocos detalles al respecto más allá de las versiones contradictorias pronunciadas posteriormente por los miembros de ambos partidos.

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La nota de prensa de Junts en la que recoge este y otros puntos del acuerdo reza además que la cesión de esta competencia “irá acompañada de los recursos necesarios y permitirá a Cataluña hacer una política integral, para que sea el Govern y el Parlament de Cataluña quienes determinen una política propia, adecuada a las necesidades ya la realidad de nuestro país [por la comunidad autónoma]”.

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A partir de aquí, y sin que haya trascendido ningún texto más por escrito sobre lo pactado, dirigentes de Junts, como Míriam Nogueras, Jordi Turull o Laura Borràs salieron a explicar que la cesión incluye la gestión “integral” de esa materia, incluidos los permisos de residencia y la expedición de documentos, así como los “flujos migratorios”. De hecho, el secretario general del partido echó mano de argumentos xenófobos al relacionar la migración con la delincuencia. “Si se expulsa o no a multirreincidentes debe poder decidirse desde Cataluña. Ningún alcalde está contento de tener gente que reincida 200 veces”, dijo Turull.

La portavoz de Junts en el Congreso, Míriam Nogueras, aunque reconoció que “la letra pequeña del pacto no se puede explicar”, dio algunos detalle más, también en la línea del discurso ultra cada vez más compartido en Junts en lo relativo a esta materia. “Será en materia de documentación o permisos de residencia. Cataluña debe poder decidir los flujos migratorios. Es importante que la lengua sea un elemento de integración para las personas que llegan a nuestro país”, aseguró.

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Pero lo que para Junts es una delegación integral, para el Gobierno es una “delegación de competencias” en el marco de la estrategia de cogobernanza con las autonomías. “Lo que se acordó fue una delegación de competencias al amparo de la Constitución y de la normativa del derecho comunitario, pero esa delegación tiene que materializarse a través de una ley orgánica que cuente con una mayoría cualificada en el Congreso de los Diputados”, esbozó la vicepresidenta primera, María Jesús Montero.

Las competencias en esta materia, reguladas en a Constitución

La diputada y portavoz de
La diputada y portavoz de Junts, Miriam Nogueras, a su llegada a la actividad ordinaria de la comisión de defensa el día en el que se constituyen 28 comisiones, en el Congreso. (A. Pérez Meca - Europa Press)

La número dos del PSOE anticipó una discusión en los próximos meses acerca de “los contenidos” y los “recursos” de un eventual cambio de normativa que, a todas luces, deberá discutirse en sede parlamentaria. “El alcance y el perímetro es algo que tenemos que consensuar en el Congreso porque la ley requiere una mayoría cualificada; es aventurado trasladar ningún elemento ni ninguna cuestión porque nos quedan meses de discusión con Junts y el resto de grupos, y que esté en sintonía con lo que acabamos de pactar en Europa en ese pacto antiinmigración”. También, el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, lo acotó a una “delegación de facultades”.

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En este sentido, ¿qué dice la Constitución al respecto? A tenor del artículo 150.2 esbozado en la nota de prensa de Junts, la Carta Magna contempla el “Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. La ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de medios financieros, así como las formas de control que se reserve el Estado”.

La duda está en cómo podrá materializarse una ley orgánica en este sentido teniendo en cuenta que la propia Constitución regula de manera específica estas competencias. Según el precepto 149, “el Estado tiene competencia exclusiva” sobre las materias relacionadas con la “nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo”.

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