Con la llegada del 2024, comienza la cuenta atrás para la Campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2023/2024. Este trámite anual resulta imprescindible para todos los ciudadanos con obligaciones fiscales para regularizar su situación con la Agencia Tributaria. En esta ocasión, hay novedades importantes que deben tomar en cuenta tanto los trabajadores por cuenta ajena como los autónomos.
Nuevas obligaciones con la tecnología. Este año, la principal novedad es la obligatoriedad de presentación de la declaración a través de medios electrónicos. La administración tributaria se compromete a ofrecer asistencia personalizada a quienes requieran ayuda.
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Criptomonedas bajo lupa. Se implanta la necesidad de informar por primera vez acerca de operaciones realizadas con criptomonedas. Además, aquellos que ofrezcan servicios vinculados con el almacenamiento, custodia y transferencia de criptodivisas deberán presentar una declaración informativa anual.
Incentivos a la sostenibilidad. El Gobierno ha prorrogado hasta finales de 2024 las ayudas por actuaciones de consumo energético sostenible en viviendas particulares y comunidades de propietarios, permitiendo deducciones del IRPF de entre el 20% y el 60%.
Autónomos: cambios en la estimación de ingresos. Se mantiene la posibilidad de aplicar el método de estimación objetiva para calcular el rendimiento neto de la actividad económica, exceptuando ciertas actividades agropecuarias y forestales con límite cuantitativo por ingresos.
Alquileres y propiedades. En materia de arrendamiento, no habrá cambios en deducciones para propietarios en esta declaración, ya que las modificaciones recientes se contabilizarán en la campaña de 2025.
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Transparencia digital. La normativa europea DAC 7 obligará a plataformas como Wallapop o Vinted a proporcionar información de sus vendedores a las autoridades fiscales si rebasan ciertos umbrales de operaciones o ingresos, afectando también la próxima declaración.
Asalariados: nuevo umbral de ingresos. Cada asalariado cuyos rendimientos íntegros del trabajo superen los 22.000 euros anuales de un único pagador, o los 15.000 euros anuales en caso de tener más de dos pagadores, está obligado a declarar. Este último es un cambio respecto al límite anterior de 14.000 euros.
Autónomos: deducciones y atención al impuesto de sociedades. Los autónomos deberán presentar la declaración de la renta sin excepción si han estado inscritos en el RETA aunque sea por un solo día. Se eleva la deducción de gastos de difícil justificación al 7% y se deben tener en cuenta las variantes en la declaración de rendimientos netos y el impuesto de sociedades en función del volumen de negocio.
Calendario de la Campaña
- Inicio: 3 de abril
- Teléfono: citas desde el 29 de abril al 28 de junio; atención a partir del 7 de mayo
- Presencial: citas desde el 29 de mayo al 28 de junio; inicio el 3 de junio
- Fin de la campaña: 1 de julio
En esta nueva campaña, que se adelanta una semana respecto al año pasado, los contribuyentes dispondrán de diversas opciones y plazos para cumplir con sus obligaciones fiscales de forma ordenada y eficiente. La Agencia Tributaria busca mejorar año tras año el proceso declarativo, incorporando las nuevas situaciones económicas y legislativas que afectan a la fiscalidad de los ciudadanos.