Los requisitos para que un médico te dé la baja por una enfermedad común como la gripe, el covid o el resfriado

El periodo de baja estándar para la gripe es de siete días, según el l Manual de Tiempos Óptimos de Incapacidad Temporal

Mujer con síntomas de gripe (Shutterstock)

Las infecciones por gripe han ido en aumento en el último mes en España. Según datos del Instituto de Salud Carlos III, en la pasada semana ha habido un aumento del 76 % en los contagios de este virus, con un 60 % más de ingresos hospitalarios. El último informe emitido por esta entidad alerta de una incidencia de 438,3 casos de gripe por 100.000 habitantes en atención primaria.

El de la gripe no es el único virus presente en estas fechas: en general, las enfermedades respiratorias infecciosas han aumentado en las últimas semanas de 2023, lo que ha llevado al sistema de salud al límite en algunos puntos. El estado de saturación de los centros sanitarios ha llevado a algunas comunidades autónomas a implantar la obligatoriedad de la mascarilla en estos lugares.

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También la ministra de Salud, Mónica García, anunció el lunes su intención de volver a imponer el uso de las mascarillas a nivel nacional. García también adelantó que se intentará llevar a cabo una propuesta para gestionar la “autojustificación de las bajas de tres días” para los casos de enfermedades leves, como este caso la gripe, covid y resfriados.

Los requisitos para que un médico te dé la baja por una enfermedad común como la gripe, el covid o el resfriado

Actualmente, es necesaria una visita al médico y un parte que justifique cualquier baja laboral por motivos de salud. Un proceso que algunos consideran que incrementa la saturación de la atención sanitaria. El tiempo estándar otorgado para enfermedades como la gripe es de siete días, según el Manual de Tiempos Óptimos de Incapacidad Temporal. Para el resfriado común e infecciones por coronavirus, este documento establece un tiempo estándar de cuatro días.

Los requisitos para pedir la baja médica en España

En España la baja médica es emitida por los doctores del sistema de Atención Primaria. Para ello, se realiza un reconocimiento que confirme la incapacidad de realizar las tareas laborales en casos de enfermedad común y accidentes no relacionados con el trabajo.

Para obtenerla, además de la reglamentaria visita al médico, hay que estar afiliado a la Seguridad Social y dado de alta. Se debe haber cubierto también un periodo de cotización de 180 días en los últimos cinco años. En el caso de los autónomos, solo obtendrían la baja aquellos incluidos en el sistema especial de trabajadores agrarios que hayan optado por incluir esta prestación.

Si el médico establece una incapacidad temporal, emitirá un parte que confirme la baja con un número concreto de días, que podrán alargarse de ser necesario.

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En casos de enfermedad común, la persona recibiría su subsidio a partir del cuarto día de baja. Esta sería de un 60 % de la base reguladora hasta el día 20 y de un 75 % a partir del día 21. El subsidio terminaría una vez se emita el parte de alta médica o transcurra el plazo máximo establecido de un año (prorrogable otros 180 días si se prevé la curación en ese periodo).