La mayoría de la gente en España sueña con poner fin a su carrera laboral antes de tiempo. Pero hay quienes optan por hacerlo más tarde de la edad legal de jubilación, en parte, motivados por el dinero que sube su pensión, una cuantía que cambia en 2024. Y es que son muchas las novedades en materia económica que han entrado en vigor a partir del 1 de enero y que afectan de forma directa a esta prestación que está en manos del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Uno de los principales cambios que se registran desde el 1 de enero de 2024 es que las pensiones contributivas han subido un 3,8% y las no contributivas un 6,9%, siendo este el segundo mayor aumento del siglo. Asimismo, la edad ordinaria de jubilación se ha alargado en dos meses, hasta fijarse en los 66 años y seis meses. A ello se une que el periodo de cotización se ha ampliado a 38 para poder cobrar el 100% de la pensión.
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Así, solo podrán retirarse a los 65 años las personas que han cotizado a la Seguridad Social un total de 37 años y nueve meses. De lo contrario, aquellos que no alcancen este periodo no podrán hacerlo hasta los 66 años y seis meses. No obstante, es posible que los trabajadores se acojan a la jubilación anticipada voluntaria (hasta 24 meses antes de la edad legal) si se acreditan, como mínimo, 35 años de cotización. Pero no hay que olvidar que optar por esta situación supone una reducción en la pensión que se recibirá, mientras que la jubilación demorada aumenta el dinero que se cobra al mes.
Esto es lo que va a subir tu pensión en la jubilación demorada
En mayo de 2023, el Gobierno dio luz verde a un Real Decreto que permite una nueva modalidad de cobro para aquellos ciudadanos que decidan posponer de manera voluntaria el momento de su jubilación, con el objetivo de fomentar la extensión de la vida laboral entre la población. La normativa introduce un sistema mixto para los incentivos de la jubilación demorada, por lo que se combina un pago inicial único y un aumento porcentual en la cuantía de la pensión mensual.
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Por tanto, aquellos que se decanten por recibir la pensión de jubilación a una edad posterior a la ordinaria cobrarán un porcentaje o cantidad adicional por cada año completo que hayan cotizado. Así, esa bonificación puede ser de tres tipos que el beneficiario tiene que elegir:
- Un aumento adicional de la pensión del 4%.
- Una cantidad a tanto alzado.
- La opción mixta que combina los dos anteriores.
Requisitos para optar por el incentivo mixto de la jubilación demorada
La modalidad de pago del complemento solo está disponible para aquellos que hayan cotizado, como mínimo, dos años entre la fecha en que cumplieron la edad legal de jubilación y la del hecho causante de la pensión. Una cuestión fundamental es que esta opción debe escogerse en el momento en el que se solicita la pensión ya que, de no ser así, al beneficiario se le aplica un porcentaje adicional del 4%.
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Por ello, una de las alternativas por la que pueden decantarse las personas que se acojan a la jubilación demorada es por la nueva fórmula del incentivo “mixto”: combina una parte del aumento adicional de la pensión del 4%, y otra de una cantidad a tanto alzado. Los que pospongan su retirada entre dos y diez años, tendrán el siguiente complemento:
- Un porcentaje adicional de la pensión del 2% por cada año que se retrase la jubilación. Esto es la mitad de lo que se recibe si se escoge el cobro periódico del incentivo.
- Un pago único que equivale a la mitad del que corresponde si se selecciona la fórmula actual de pago único.
- Las personas que se jubilen 11 o más años después, cobrarán un incentivo de pago único que se aplica a cinco años del periodo demorado, y un porcentaje adicional del 4% por cada año restante.