Dos caballos se desploman en la cabalgata de Oviedo: “Consecuencias de obligar a los animales a estar donde no tienen que estar”

“Ni estos caballos ni ningún otro animal deberían participar en un evento así”, ha criticado Pacma. Esto es lo que dice la Ley de Bienestar animal en estos casos

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Dos caballos se desploman en la cabalgata de Oviedo. (PACMA)
Dos caballos se desploman en la cabalgata de Oviedo. (PACMA)

La triste historia se repite cada vez que los humanos colocamos a los animales donde no deben estar. Dos caballos se desplomaron este viernes en la cabalgata de reyes de Oviedo. Según ha denunciado Pacma, uno de los motivos fue el pavimento mojado, que hizo resbalar a los animales y quedaron tumbados en el suelo sin apenas poder moverse. Una escena que contaminó una noche que debía estar llena de magia.

“Estas son las consecuencias de obligar a animales a estar donde no tienen que estar y hacer cosas que no tienen que hacer”, ha lamentado el partido animalista a través de su cuenta de X (antigua Twitter). “Ni estos caballos ni ningún otro animal deberían participar en un evento así”, ha insistido, al tiempo que ha cargado contra el alcalde de la ciudad, Alfredo Canteli, del PP, al que le ha preguntado si el año que viene volverá a usar caballos o si aprenderá la lección.

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¿Qué dice la ley animal?

Este comentario se ha llenado de tuiteros indignados que se preguntan para qué sirve tener una ley de protección animal. Y lo cierto es que esta norma, aprobada en marzo de 2023, no prohíbe de manera general el uso de animales en romerías, eventos feriados, belenes, cabalgatas o procesiones, pero sí que hay ciertas excepciones.

“Los animales que se utilicen en romerías y eventos feriados deben presentar un estado higiénico-sanitario óptimo y tener garantizados durante el transcurso de la actividad unos niveles óptimos de bienestar animal atendiendo a las necesidades propias de cada especie y a las condiciones ambientales que existan en ese momento”, dicta el artículo 65 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.

No obstante, especifica que mientras se desarrolle la actividad, se deberá velar por que los animales que forman parte de ella se encuentren en buenas condiciones físicas, atendiendo entre otras cosas a indicadores comportamentales del animal o a signos que puedan evidenciar la necesidad de descanso, en particular en los meses de altas temperaturas.

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Pero no hace referencia a las lluvias o a las malas condiciones del pavimento. La norma se limita a exigir en las romerías y eventos feriados que haya puntos de parada en los que los animales que en ellos se utilicen puedan descansar y abrevar.

Las cuatro prohibiciones

Los cuatro casos en los que sí hay prohibiciones son los siguientes:

  • Se prohíbe el uso de animales en atracciones mecánicas o carruseles de feria.
  • Se prohíbe el uso de animales en exposiciones de belenes, cabalgatas o procesiones, en las que se mantenga al animal de forma incompatible con su bienestar, dadas las características propias de su especie, o inmovilizado durante la duración del evento.
  • Se prohíbe el uso de animales en romerías y eventos feriados cuando se identifique un exceso de temperaturas.
  • Se prohíbe el uso de animales en romerías y eventos feriados en los que se haga uso de elementos pirotécnicos.

Por otro lado, la ley indica que se deben establecer los horarios, lugares y medios de descanso de los animales de compañía utilizados en romerías y eventos feriados, según actividad, especie y demás condicionantes ambientales, debiendo ser estrictamente respetados en el manejo y cuidado del animal en todo momento. Asimismo, se establecerán los rangos de temperaturas en que se permitirá el uso de animales de compañía en romerías y eventos feriados.

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