Los patinetes eléctricos que están prohibidos por la DGT en 2024

Los patinetes que se hayan adquirido antes de enero de 2024 y que no cuenten con certificación de la DGT solo podrán circular hasta 2027

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Usuario de un patinete eléctirco
Usuario de un patinete eléctirco (Europa Press)

Ante el auge del uso del patinete eléctrico en las ciudades españolas, se ha observado un incremento paralelo en la incidencia de accidentes relacionados con estos vehículos, generando preocupaciones en cuanto a la seguridad en las vías públicas. La Dirección General de Tráfico (DGT), atendiendo a esta problemática, ha decidido implementar medidas más rigurosas dirigidas a regular el uso del patinete eléctrico, y se plantea la posibilidad de restringir incluso la utilización de ciertos modelos.

Lo que comenzó siendo una moda circunscrita mayoritariamente al alquiler en metrópolis como Madrid y Barcelona, ha evolucionado hasta un aumento de patinetes en propiedad, cuya presencia es cada vez más evidente en las calles de ciudades y pueblos. A pesar del notable crecimiento en la adquisición de estos vehículos, las regulaciones se han mantenido, hasta hace poco, escasamente desarrolladas en cuanto a especificidad y severidad, circunstancia que la DGT se propone corregir en el año venidero.

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Inicialmente, la ausencia de un marco normativo claro para la circulación de patinetes eléctricos había dejado un vacío legal que ha favorecido su elección como alternativa de movilidad. Esta tendencia fue potenciada por las subvenciones municipales para fomentar la movilidad sostenible “cero emisiones” y por el continuo aumento en el coste de los combustibles, factores que ayudaron a la popularización de este medio de transporte.

Usuario de un patinete eléctico
Usuario de un patinete eléctico (EFE/EPA/Mohammed Badra)

Dada la creciente acogida de los patinetes eléctricos, se hace indispensable una actualización y revisión de la normativa existente en España con el fin de equiparar la regulación de estos vehículos a la de otros medios de transporte. También resulta esencial establecer un marco claro y coherente que los usuarios deban seguir para garantizar una convivencia segura y ordenada en la vía pública.

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Por tanto, la DGT ya ha anunciado que solo permitirá la comercialización y circulación de aquellos modelos de patinetes eléctricos que cuenten con una certificación que los avale como “aptos y seguros”. Aquellos modelos que no cumplan con los estándares y no figuren en el listado de permitidos dejarán de poder ser usados legalmente en las calles.

Solo se permitirán patinetes certificados

Cuando estés considerando la compra de un Vehículo de Movilidad Personal (VMP), es imprescindible que tengas en cuenta que a partir del 22 de enero de 2024, todos los VMP nuevos que se pongan a la venta deberán contar con una certificación específica para su utilización. No obstante, los VMP adquiridos antes del 21 de enero de 2024 tendrán permiso para su uso en las vías hasta el 22 de enero de 2027, incluso si no poseen dicha certificación. Superada esta fecha, únicamente los VMP certificados podrán circular legalmente.

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A pesar de que los patinetes eléctricos no están sujetos a un proceso de homologación equivalente al de los automóviles y motocicletas, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha elaborado un ‘Manual de características técnicas’, el cual detalla las especificaciones necesarias para que estos vehículos puedan transitar de acuerdo con el Real Decreto 970/2020. En virtud de este ‘Manual’, establecido por la DGT, todos los VMP estarán obligados a contar con un certificado de circulación que avale el cumplimiento de unos estándares de seguridad básicos.

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En relación con los requisitos obligatorios, todo VMP debe estar equipado con un sistema de frenado eficaz, un dispositivo acústico de advertencia como un timbre, así como con sistemas de iluminación y elementos reflectantes ubicados en la parte trasera y delantera. Es mandatorio igualmente el uso de casco protector y, cuando se circule en horario nocturno, el portar un chaleco reflectante. Además, se exige la contratación de un seguro de responsabilidad civil para cubrir posibles daños a terceros.

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