Tu casero te puede subir el alquiler en 2024, pero con límites: este es el máximo permitido

Hay que tener en cuenta que queda prohibido aumentar las rentas de alquiler por la vía de nuevos gastos

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Entre las manos, una pareja
Entre las manos, una pareja sostiene una casa en miniatura, reflejando los desafíos actuales en alquileres e inmuebles bajo la nueva ley. Una imagen que captura la esencia de la vivienda en tiempos de inflación. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Menor oferta de pisos en alquiler, una nueva Ley de Vivienda que ejerce un mayor control sobre el arrendatario o una complicada coyuntura económica, son algunos de los hándicaps a los que se pueden enfrentar quienes opten hoy en día al alquiler de una vivienda. La consecuencia inexorable es la subida de los precios de los inmuebles. Un problema de calado porque son muchas las personas que viven de alquiler en España.

A esto se suma una demanda en aumento en las grandes ciudades y de sus periferias, lo que hace más si cabe cuesta arriba el precio en alguna de ellas. En Madrid, por ejemplo, se alcanzaron en octubre los 16,76 euros por metro cuadrado, no muy lejos de Baleares, con el 16,97 %. En el resto del mapa la media se situó en 11,23 euros por metro cuadrado, según datos de Fotocasa.

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¿Hasta dónde puede subir mi alquiler?

Pero ¿hasta dónde puede subirnos nuestro casero el precio del alquiler? Según la Ley de Vivienda se introduce un tope del 3% en las renovaciones anuales de los contratos de alquiler para 2024. El gobierno aseguraba que para evitar “estos aumentos descontrolados”, durante 2023 se aplicará el límite del 2 % en vigor, mientras que en 2024 será de ese 3 %. En adelante, la idea es crear un nuevo índice más estable e inferior a la evolución del IPC, que tope los aumentos de la renta por la renovación anual. Este índice será elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y estaría preparado para el 1 de enero de 2025.

Así será la subida máxima en el precio del alquiler que podrá hacer tu casero en 2024.

El precio de referencia, por tanto, para el año que llega será el del último contrato, más esa subida del 3%. Es decir, si pagamos 1.000 euros al mes, con ese 3% de subida, nos podrán incrementar el precio del alquiler 30 euros mensuales, hasta los 360 euros anuales.

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Hecha la Ley, hecha la trampa

Hay que tener en cuenta que queda prohibido aumentar las rentas de alquiler por la vía de nuevos gastos, que obligarían a los inquilinos a abonar gastos de comunidad, tasas de basura o cualquier otro no atribuible que no estuvieran acordadas previamente. También hay que estar al quite de algunas prácticas como cobrar por ver un piso o dar una señal para poder visitar un inmueble.

Además, la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) ha detectado la proliferación de nuevas formas de alquiler con el objetivo de esquivar los límites. Aunque algunas son legales, otras no. Se intenta camuflar bajo contratos de temporada, de oficina, de uso distinto a vivienda, turístico o industrial, lo que realmente es un arrendamiento habitual de vivienda. En este contexto, advierten de que los alquileres de temporada están aumentando considerablemente dado que a esta modalidad no se le aplican las normas tan restrictivas que impone a los arrendadores la LAU y la nueva Ley de vivienda.

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