Raperos encarcelados por escribir contra la Monarquía y el sistema, cómicos juzgados en la Audiencia Nacional o usuarios de Twitter frente a la Justicia por criticar al Estado. Por enésima vez, esta vez Sumar, se propone una reforma del Código Penal para renovar sus interpretaciones y acabar con varios delitos que incluso pueden conllevar pena de prisión por haber dado una opinión.
El partido de Yolanda Díaz, a través de su diputado Enrique Santiago, ha lanzado una proposición de ley para reformar varios artículos del Código Penal. De aprobarse este martes en el Congreso de los Diputados, pasará a elaborarse una ley que tendría que ser nuevamente aprobada en el pleno. Los primeros trámites serán fáciles y no será difícil el consenso entre PSOE y Sumar. Las complicaciones vendrán a la hora de redactar la nueva norma.
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Pero el plan de Sumar es claro, quiere “derogar y modificar aquellos artículos del Código Penal que chocan frontalmente con la libertad de expresión”, tal y como reza la Proposición de Ley. Técnicamente, la formación quiere “suprimir los artículos 490.3, 491, 504, 525, 543 y 578, así como para modificar los artículos 22 y 538 e introducir un nuevo artículo 536 bis, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales”. ¿Qué significa esto?
Enaltecimiento de terrorismo
Bajo la sospecha de “enaltecimiento del terrorismo”, reconocido en el artículo 578 del Código Penal, se abre la puerta a penas de prisión de uno a tres años y multas de doce a dieciocho meses. Bajo este paraguas han caído raperos como Pablo Hasel o Valtonyc y han sido investigados cómicos como Facu Díaz. Además, entre 2014 y 2016 se produjeron más de 70 detenciones producto de investigaciones en Twitter denominadas como Operación Araña.
Sumar recuerda que según la Justicia española, el enaltecimiento terrorista “consiste en incitar indirectamente a la comisión de delitos terroristas”, pero que en un contexto en el que ni ETA ni GRAPO ni su entorno están ya activos, este delito no tiene ningún sentido salvo para reprimir la libertad de expresión”. Sumar quiere eliminar cualquier pena, cárcel incluida, algo que desde el PSOE miran con reticencia y puede ser el escollo para la aprobación de la ley.
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Delito contra sentimientos religiosos
“En un Estado aconfesional no han de primar los sentimientos de unos ciudadanos frente a otros. Lo único que habría que proteger es la libertad religiosa como derecho fundamental”, asegura Sumar.
De este modo, propone derogar el artículo 525 del Código Penal, donde se tipifica como delito ofender una creencia religiosa. “Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa hagan públicamente (...) escarnio de sus dogmas”, dice la ley actualmente.
Delito por criticar a la Corona
“El que calumniare o injuriare al Rey, a la Reina o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la de multa de seis a doce meses si no lo son”, dice el artículo 490.3 del Código Penal, sección que Sumar quiere abolir.
El partido de Yolanda Díaz considera que “en un sistema democrático cuanto más poder tiene una institución mayor ha de ser la exposición a la crítica legítima por parte de la ciudadanía. De otra manera, no se entiende la libertad política ni la democracia”.
Ofender los símbolos de España
El Código Penal considera que “las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o a sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad, se castigarán con la pena de multa de siete a doce meses”. Este es otro de los puntos que Sumar quiere erradicar de la ley.
Para el partido progresista, quemar una foto del rey o pitar el himno de España, como ha pasado en algunos partidos de fútbol, no puede conllevar sanción. “Ponerse de acuerdo cientos de personas en un estadio, previo reparto de silbatos a la entrada de un partido de la Copa del Rey de fútbol y en el marco de una protesta ciudadana, no es delito. Silenciar el himno nacional no entraña ataque contra la patria, sino una legítima expresión de la libertad de expresión”.
Dentro de este apartado, el artículo 504 también recoge “multa de doce a dieciocho meses” por injurias al Gobierno, al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), al Tribunal Constitucional... y a todas las instituciones básicas del Estado, otra norma que esta Proposición clama porque desaparezca.