Los Ministerios de Trabajo y Economía han cerrado un acuerdo para reformar del subsidio de desempleo que hoy aprueba el Consejo de Ministros y que contempla elevar su cuantía a 570 euros los primeros seis meses y a 540 euros los seis siguientes, pero que también incluye un recorte gradual de la cotización por jubilación. Además, la ayuda será compatible con la incorporación a un empleo durante los primeros 180 días. Sin embargo, hay otros subsidios que subyacen de la falta de empleo que también pueden reportar ingresos, como es el caso del subsidio por agotamiento de una prestación contributiva.
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Cuando a un trabajador se le termina el paro normal que se cobra por haber cotizado más de un año, si tiene cargas familiares y carece de rentas, la normativa le permite pedir a continuación un subsidio por desempleo. No cobrará lo mismo que cobraba con el paro normal, sino la cantidad fija de los subsidios asistenciales, que en 2023 es de 480 euros. Pero, ¿cuáles son los requisitos para percibir esta prestación?
Requisitos
- Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo.
- Haber agotado totalmente la prestación por desempleo, es decir, que se haya recibido entera. En el caso de haberla perdido por sanción no se podrá pedir el subsidio.
- Antes de pedir el subsidio, dejar pasar el mes de espera desde que se agota la prestación por desempleo hasta la solicitud del subsidio. Durante estos 30 días, el trabajador no recibe ningún ingreso.
- Tener cargas familiares: esto significa que el trabajador debe tener a su cargo al cónyuge y/o hijos menores de 26 años que dependen económicamente de él, es decir, que no tengan ingresos propios superiores a los 750 euros mensuales (75% del SMI vigente).
- Tener carencia de rentas, es decir, no tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional. En 2023 esto significa que para solicitar este subsidio, el trabajador no puede tener ingresos propios que superen los 750 euros al mes y tampoco sumando los ingresos de todos los miembros de su unidad familiar, la media tampoco puede sobrepasar los 750 euros al mes por persona.
Por ejemplo, Isabel ha agotado el paro y tiene un hijo. Su marido trabaja y tiene una nómina de 1.000 euros y es el único ingreso de la familia. La suma de los ingresos familiares -1.000 euros- dividida entre el número de miembros de la familia (3), no supera el límite de 750, por lo que Isabel cumple este requisito.
¿Se puede pedir esta ayuda si no se tienen hijos?
En algunos casos sí, porque “tener responsabilidades familiares” no es solo tener hijos. Un trabajador que esté casado tiene responsabilidades familiares, como si tuviera un hijo a cargo, si su cónyuge no tiene ingresos propios superiores al 75% del SMI, es decir, si su marido/mujer no tiene rentas que superen los 750 euros al mes.
Por contra, si el cónyuge tiene rentas que superan el tope (750 euros al mes), ya no se puede considerar como responsabilidad familiar del trabajador que agotó el paro, de modo que en este caso no se puede acceder al subsidio por agotamiento por la vía de la existencia de responsabilidades familiares, sino que únicamente se podrá pedir esta ayuda si el desempleado tiene 45 o más años.