El Tribunal Supremo ha condenado a un hombre a pagar una multa de 2.400 euros por sexting, al considerar que el envío de una sola imagen de contenido sexual a un tercero constituye un delito. El fallo se produce tras un episodio ocurrido en Barcelona el 22 de abril de 2018, cuando el acusado, tras una disputa, envió por WhatsApp una fotografía íntima de su expareja a un amigo de ésta sin su consentimiento.
La sentencia inicial del Juzgado de lo Penal número 3 de Barcelona condenó al acusado por un delito de revelación de secretos, aunque fue absuelto de los delitos de daños y hurto. Sin embargo, la condena fue posteriormente anulada por la Audiencia de Barcelona bajo el argumento de que la ley penal se refería a “imágenes” en plural, y el acto de enviar una sola fotografía podría ser interpretado como un error o un descuido. La decisión ha sido revocada por el Tribunal Supremo, que ha establecido que ya una única imagen cumple con el criterio del tipo penal.
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La víctima enfrenta síndrome ansioso depresivo
La Fiscalía recurrió la decisión de la Audiencia argumentando que la transmisión de una imagen debería ser suficiente para cumplir con las exigencias del tipo penal, citando ejemplos como la falsificación de un único sello o la producción de una sola tarjeta de crédito. El Supremo, respaldando este enfoque, reitera que la posesión de la imagen por el condenado era para su “exclusiva contemplación y no de terceros”, y que enviarla con la intención de “denigrar la intimidad” de su expareja es punible, restableciendo la multa de 2.400 euros por sexting, a pesar de la discrepancia expresada por dos magistrados.
La víctima ha requerido asistencia psicológica, enfrentando un síndrome ansioso depresivo, afectación que persistía al menos hasta la fecha del juicio y sin haber logrado una recuperación completa. Este componente subraya las consecuencias emocionales del delito de sexting y su impacto en la vida de las víctimas.
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‘Sexting’ seguro
El sexting es una práctica extendida, principalmente entre jóvenes y a través del teléfono móvil, no exenta de peligros más allá de los comportamientos delictivos. Para proteger la privacidad y la integridad personal, los especialistas recomiendan, en primer lugar, no hacerlo con desconocidos, solo con personas de confianza, así como establecer unas condiciones previas sobre su guardado o no, sobre si se tratará de una mera visualización o hay consentimiento para el almacenamiento. Además, se aconseja encarecidamente no incluir elementos identificativos como el rostro, tatuajes o marcas de nacimiento en las fotografías, o fondos que puedan revelar la ubicación.
Asimismo, se debe priorizar el uso de aplicaciones con cifrado de mensajes y que permitan un control sobre el contenido compartido, como Signal o Telegram. En caso de guardar imágenes, se recomienda hacerlo en carpetas protegidas con contraseña y evitar subirlas a la nube. En redes sociales, para protegerse en plataformas como Facebook, X o Instagram, se sugiere bloquear y reportar a usuarios no deseados, además de ajustar la privacidad de la cuenta. Por último, es crucial que haya un consenso claro entre las partes y definir límites en la conversación, respetando siempre el principio de que “no es no”.