La Dirección General de Tráfico actualiza constantemente su normativa y las sanciones. El propósito de esta evolución legislativa es mantener las normas de tráfico al día, garantizando la seguridad en la conducción y alineándose con las dinámicas contemporáneas de movilidad.
Aunque la Dirección General de Tráfico se esfuerza por reforzar la seguridad vial, la velocidad excesiva sigue representando uno de los principales retos entre los conductores en España. Para combatir este problema, la entidad hace uso intenso de una red de radares de velocidad, con más de 1.300 unidades distribuidas a lo largo del país. Estos radares, desde su implementación, han empleado un margen de error que algunos conductores han sabido utilizar a su favor para manejar al límite de la velocidad permitida, amparándose en lo que se conoce popularmente como la regla del 5 y 7. Sin embargo, recientes ajustes en el control metrológico han eliminado esta posibilidad, cerrando así el resquicio que permitía eludir sanciones por exceso de velocidad.
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Los cambios significativos se han visto también en la legislación vial, específicamente en la Ley de Tráfico de 2022 que suprimió el margen adicional de 20 km/h para adelantamientos. Esta modificación responde a la necesidad de abordar las maniobras de adelantamiento, que son críticas en la seguridad vial y han estado implicadas en numerosos accidentes de tráfico.
La DGT ha intensificado su enfoque en la conducción preventiva, especialmente en situaciones de adelantamiento entre vehículos y al superar ciclistas en la vía. Considera esencial que los conductores estén informados sobre la forma correcta de efectuar estas maniobras, reiterando la normativa y las buenas prácticas de manera periódica.
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Además, la oficina de Tráfico recalca las penalizaciones económicas y administrativas que implican estas infracciones. Las multas derivadas de exceder los límites de velocidad vienen acompañadas de la correspondiente pérdida de puntos del carnet de conducir, siendo la cuantía y la cifra de puntos directamente proporcionales al grado de infracción cometido. Con estos esfuerzos, la Dirección General de Tráfico continúa su misión de promover una conducción segura y responsable en las carreteras españolas.
Multa de 200 euros por no guardar la compra en el maletero
La Dirección General de Tráfico ha advertido que dejar bolsas de la compra en el asiento trasero del vehículo podría conllevar una multa de hasta 200 euros. Este aviso se produce tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico en marzo, la cual incluye varias actualizaciones en el código de sanciones por comportamientos potencialmente peligrosos para la seguridad vial.
La normativa destaca como una infracción el acto de colocar objetos sueltos, como bolsas del supermercado, en los asientos traseros del coche. La razón detrás de esta medida es que, en caso de una frenada brusca, estos objetos pueden proyectarse hacia delante, ocasionando riesgos a los ocupantes y distracciones para el conductor. Esta práctica, aunque común por la comodidad o con el maletero lleno, se identifica como un riesgo vial que ahora es susceptible de sanción.