Estas son las claves para poder cobrar el Ingreso Mínimo Vital y las rentas autonómicas a la vez

Los expertos calculan que más de la mitad de los hogares que cumplen los requisitos para recibir el subsidio ni siquiera lo han pedido

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Una mujer pasa por delante de una oficina de empleo. (Europa Press)
Una mujer pasa por delante de una oficina de empleo. (Europa Press)

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) cumple en 2024 tres años de vida. La estación, impulsada por el Gobierno de coalición, nació con la premisa de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas en situación de vulnerabilidad, tanto si viven solas como si tienen responsabilidades familiares. El desembolso para un beneficiario individual asciende, actualmente, hasta los 565,37 euros. La cuantía aumenta un 30% por miembro adicional a partir del segundo integrante de la familia, con un incremento máximo del 220%. En los últimos meses, la Seguridad Social ha puesto en marcha un nuevo complemento para ensanchar todavía más la asignación.

Los ciudadanos, para acceder a esta ayuda, tienen que cumplir con una serie de requisitos y no pueden superar cierto nivel de ingresos. La Seguridad Social, para determinar la cuantía que recibe cada beneficiario, tiene en cuenta, además de la renta, la unidad de convivencia y otros factores, como el grado de discapacidad. Esto explica que el importe sea variable y se adapte a las necesidades de la persona solicitante. Los demandantes tienen que acreditar la nacionalidad española o, al menos, tener la residencia legal en el país. Además, no pueden superar los 65 años y tienen que estar inscritos como demandantes de empleo.

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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha recorrido durante buena parte del año las principales ciudades del país con un autobús del Ingreso Mínimo Vital, para buscar posibles beneficiarios que todavía no reciben la prestación. El Ingreso Mínimo Vital ha alcanzado los 690.214 hogares el pasado mes de septiembre, pero los expertos sostienen que más de la mitad de los hogares que cumplen los requisitos para recibir el subsidio ni siquiera lo han pedido. La Autoridad Fiscal (Airef), de hecho, calcula que la prestación solo llega al 35% de las familias en situación de vulnerabilidad.

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¿El Ingreso Mínimo Vital es compatible con las rentas autonómicas?

El papeleo y las trabas burocráticas son, según denuncian los sindicatos, las principales razones del retraso en la tramitación de las solicitudes. El Ingreso Mínimo Vital se puede pedir tanto de forma telemática como presencialmente en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La prestación es perfectamente compatible con otros ingresos, de modo que los beneficiarios pueden estar trabajando y recibir otros subsidios mientras cobran el Ingreso Mínimo Vital, aunque en ningún caso pueden sobrepasar los umbrales de renta establecidos.

La prestación también es compatible con las rentas de inserción de las comunidades autónomas. La cuantía de estas pagas no computa ni se tiene en cuenta para determinar si los trabajadores rebasan el máximo de ingresos permitido para tener derecho al subsidio. Las familias que tienen como única fuente de ingresos la renta de inserción de su comunidad autónoma, pueden recibir el Ingreso Mínimo Vital equivalente a la renta garantizada. Lo que ocurre es que las rentas de inserción de las comunidades suelen exigir como requisito de acceso que los demandantes hayan pedido previamente todos los demás subsidios, entre ellos, el Ingreso Mínimo Vital. La casuística puede cambiar en función de la comunidad autónoma:

En Andalucía, los perceptores del Ingreso Mínimo Vital no pueden acceder a la renta mínima de inserción social. Lo mismo ocurre en Asturias, Cantabria, Cataluña, Galicia, Navarra, Baleares y Canarias. En Aragón, por ejemplo, la prestación se plantea como un complemento del Ingreso Mínimo Vital, de modo que se otorga a todos los que reciben el subsidio estatal. En la Comunidad de Madrid, la renta mínima es compatible con el IMV, aunque este último cuenta a la hora de realizar el cómputo de ingresos. En la Comunidad Valenciana y País Vasco, los dos subsidios son también complementarios.

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