Nuevas restricciones a los coches en la Zona de Bajas Emisiones de Madrid en 2024: requisitos para circular

A partir de 2025, todos los vehículos matriculados que no tengan distintivo ambiental no podrán circular por la ciudad de Madrid

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Zona de Bajas Emisiones de Madrid. (Ricardo Rubio - Europa Press)
Zona de Bajas Emisiones de Madrid. (Ricardo Rubio - Europa Press)

A partir del 1 de enero de 2024, la circulación de coches sin etiqueta de la Dirección General de Tráfico quedará prohibida en todas las calles de Madrid. Esta nueva restricción se da al comenzar la tercera fase de la Madrid ZBE. Dicha restricción, que previamente se aplicaba solo dentro de la almendra central y la M-30, ahora se extenderá a todo el territorio municipal. No obstante, se contemplan excepciones para aquellos vehículos empadronados en Madrid antes de diciembre de 2021, los cuales podrán seguir circulando libremente por la ciudad.

Profundizando en los detalles, esta nueva fase no afectará a todos los vehículos sin distintivo medioambiental; la prohibición de acceso y circulación solo será aplicable a los coches que no estén empadronados en Madrid. Es decir, los coches empadronados en Madrid después de diciembre de 2021 también se verán afectados por este veto.

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Recordemos que los vehículos categorizados como categoría A por la DGT incluyen aquellos que funcionan con gasolina matriculados antes del año 2000, que no cumplen con la normativa Euro 3 o anterior, y los coches diésel matriculados antes de 2006 que no cumplen con la legislación Euro 4 o anteriores. Además, se aclara que desde el 1 de enero de 2025, ningún coche sin etiqueta podrá circular por Madrid, sin importar la fecha de empadronamiento.

Zona de Bajas Emisiones. (David Zorrakino - Europa Press)
Zona de Bajas Emisiones. (David Zorrakino - Europa Press)

El sistema de control para la detección de accesos indebidos opera con 257 cámaras con lector OCR instaladas recientemente. Sin embargo, estas se encuentran únicamente en los accesos a la M-30 y dentro de la almendra central, con algunos semáforos foto-rojo adaptados para la imposición de multas. Aunque las cámaras ya están instaladas, no se comenzará a sancionar con multas hasta después del 15 de enero de 2024, periodo en el que únicamente se enviarán notificaciones informativas a los infractores. Por el momento, el control telemático queda restringido a estas dos zonas, y no se aplica en la totalidad de Madrid.

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Respecto a las sanciones por incumplimientos, la multa establecida por la DGT es de 200 euros, reducible a 100 euros si el pago se realiza de forma anticipada. Esta tarifa sancionadora es la misma que se aplica actualmente en otros ámbitos de la Madrid ZBE, como el Distrito Centro y la Plaza Elíptica. Aunque en enero no existirá un control telemático completo en todo Madrid, los agentes de tráfico mantienen la capacidad de multar los accesos indebidos manualmente, y se espera que se implemente tecnología adicional de control a lo largo de 2024.

Vehículos adaptados, coches históricos y emergencias

Madrid mantendrá la circulación de algunos vehículos sin distintivo ambiental de la DGT hasta el 31 de diciembre de 2024, tras lo cual, a partir del 1 de enero de 2025, se implementará una prohibición total para cualquier vehículo que carezca de esta etiqueta. Sin embargo, se hará una excepción para coches de personas con movilidad reducida, vehículos históricos, y los destinados a servicios de emergencia y fuerzas armadas, los cuales podrán circular libremente incluso en las Zonas de Bajas Emisiones de especial protección como Madrid Central y Plaza Elíptica.

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Los vehículos adaptados de movilidad reducida y aquellos destinados a su transporte, como taxis y VTC, estarán exentos de la restricción. Asimismo, los coches y vehículos históricos registrados podrán seguir circulando, aunque deberán cumplir ciertas limitaciones específicas en áreas delimitadas de la ciudad. La DGT está trabajando en un nuevo reglamento para la matriculación de vehículos históricos, el cual se espera que simplifique y rebaje los costos del proceso a partir de principios de 2024.

En cuanto a los vehículos de bomberos y fuerzas armadas, no se verán afectados por la prohibición de manera indefinida. Esto significa que seguirán teniendo libertad de tránsito en la ciudad de Madrid sin importar las restricciones que entren en vigor a partir de 2025. Estas excepciones se aplicarán a cualquier tipo de vehículo que se enmarque dentro de estas categorías, hasta que se disponga lo contrario o se actualice la normativa vigente.

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