Esta es la edad a la que ya no puedes pedir la pensión por incapacidad

Los trabajadores que sufren algún grado de discapacidad tienen derecho a recibir una pensión compensatoria. Esta ayuda permite recibir hasta el 100% de su base reguladora

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Las personas con algún tipo de discapacidad podrán obtener la pensión que ofrece la Seguridad Social (Freepik)
Las personas con algún tipo de discapacidad podrán obtener la pensión que ofrece la Seguridad Social (Freepik)

La pensión por incapacidad está pensada para todas aquellas personas quienes se ven obligados a faltar a sus trabajos o dejarlos, por el diagnóstico de una discapacidad. Para compensar esa pérdida de ingresos que sufre el trabajador, la Seguridad Social ofrece una ayuda con el fin de poner punto y final a ese ‘ahogo’ económico de estas personas. La cantidad de dinero que pueden recibir estas personas, variará en función del grado de incapacidad, siempre garantizando un ingreso mínimo: total, absoluta, parcial o de gran invalidez.

No obstante, uno de los requisitos que establece la Seguridad Social para recibir esta pensión por incapacidad, es que al menos estos trabajadores hayan cotizado durante un tiempo mínimo tras sufrir una enfermedad o accidente. Esta ayuda se considera contributiva y está sujeta a ciertos límites de edad para los posibles beneficiarios.

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En determinados casos, es posible obtener un grado de discapacidad alto que impida la realización trabajos de manera total, como por ejemplo en los casos de enfermedades graves que impidan la movilización del cuerpo. Por tanto, aquellos que hayan cotizado por las bases más altas, tendrán el derecho a percibir una pensión máxima de 3.059 euros mensuales.

Sin embargo, al ser una cantidad considerablemente alta de dinero, la Seguridad Social intentará otorgar esta discapacidad cuando sea estrictamente necesario, es decir, solo a los que sufran secuelas muy graves que les impidan desempeñar cualquier actividad laboral.

La compatibilidad de la pensión de incapacidad permanente al llegar a la jubilación

Este es el límite de edad con la que podrás solicitar la pensión de incapacidad permanente

Los trabajadores que soliciten la ayuda de incapacidad permanente al Estado, deberán presentarse a la citación del equipo de valoración de incapacidades que dispone la Seguridad Social. Si esto no fuera así, el organismo podría retirar la ayuda.

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Es importante destacar que esta solicitud de la pensión de incapacidad se puede realizar hasta que se alcance la edad de jubilación, es decir, que una vez hayas alcanzado los 65 años, según establece la Seguridad Social en 2023 siempre y cuando se haya cotizado un período mínimo de 37 años y 9 meses.

No obstante, si el trabajador no ha alcanzado este período mínimo de cotización, estará obligado a esperar hasta los 66 años y 4 meses para solicitar la pensión. Es importante tener en cuenta que estos requisitos pueden variar según la legislación de cada país.

La solicitud de la pensión de incapacidad se puede realizar hasta que se alcance la edad de jubilación (Infobae)
La solicitud de la pensión de incapacidad se puede realizar hasta que se alcance la edad de jubilación (Infobae)

Si recibes la pensión de incapacidad no podrás recibir la de jubilación

Llegar a la edad de jubilación para poder recibir la pensión que te corresponde, es un sueño para muchos trabajadores. Sin embargo, es relevante conocer que si ya recibes una pensión por incapacidad permanente, no podrás cobrar la pensión de jubilación. Es decir, el beneficiario no podrá recibir dinero de las dos prestaciones, para ello la Seguridad Social permitirá al beneficiario elegir cuál prefiere recibir.

Por tanto, recibir la pensión de incapacidad no es sinónimo de no tener el derecho a recibir la de jubilación, sino que únicamente podrás cobrar una de ellas. Como resultado, se puede decir que se cambia el nombre de la pensión que recibes. La cuantía recibida será la misma que se venía cobrando de la pensión de incapacidad que recibías, incluso con las mismas retenciones practicadas sobre el IRPF, es decir, ninguna, ya que las pensiones de incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez están exentas de IRPF.

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