La Seguridad Social te puede quitar el Ingreso Mínimo Vital por este motivo

Más de dos millones de personas en España reciben la prestación, pero la administración pública tiene derecho a suspender o extinguir su cobro si no se cumplen ciertos requisitos

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Fue en junio de 2020 cuando se puso en marcha el IMV para ayudar a las personas más vulnerables (FREEPIK)
Fue en junio de 2020 cuando se puso en marcha el IMV para ayudar a las personas más vulnerables (FREEPIK)

José Luis Escrivá entregaba este marte a su sustituta, Elma Saiz, la cartera correspondiente al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, de la que ha sido titular hasta la fecha. Si hay algo que protagonizó su labor durante la pasada legislatura fue, entre otras cuestiones, la puesta en marcha del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que ya ha llegado a más de dos millones de personas en España. Aunque el objetivo de esta ayuda es prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social, sus beneficiarios pueden perderlo si no cumplen ciertos requisitos.

La prestación se destina tanto a quienes viven solos como a aquellos que tienen responsabilidades familiares a su cargo y carecen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas. Un beneficiario individual recibe un ingreso mensual de 565,37 euros. Esta cuantía aumenta en un 30% por miembro adicional a partir del segundo integrante, hasta representar un incremento máximo del 220%.

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La administración pública se encarga de aprobar o denegar el IMV, que empezó 2023 con una gran novedad: ya no solo pueden recibirla los desempleados, sino también los trabajadores que necesitan dinero extra y que, de esta forma, pueden aumentar sus ingresos sin perder la renta garantizada. Para convertirse en beneficiario, basta con presentar una solicitud a la Seguridad Social, que dispone de un plazo máximo de seis meses para resolver la petición.

La razón por la que pueden quitarte el Ingreso Mínimo Vital

Solo se mantiene el cobro del Ingreso Mínimo Vital si siguen existiendo los motivos que llevaron a su concesión y se cumplen las obligaciones, tal y como indica la Seguridad Social en su página web. Esto significa que no es indefinido y la administración pública lo puede quitar de forma temporal o incluso extinguirlo de manera indefinida.

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Si se aprueba su suspensión, esto entra en vigor el primer día del mes siguiente en el que se conoce la razón para ello. Esta condición se mantiene hasta que se reúnen los requisitos de nuevo. Si pasa un año desde la suspensión, se considera extinguido, lo que supone que se pierde definitivamente. Las causas para que la Seguridad Social opte por una suspensión temporal son estas:

  • No cumplir los requisitos esenciales de forma temporal.
  • El beneficiario y las personas que conviven con él no reúnen temporalmente alguna de las obligaciones para recibir la prestación.
  • Si hay indicios de que no se cumplen las obligaciones o requisitos, el receptor se muda al extranjero por menos de 90 días sin avisar a la Seguridad Social, o no se entregan a tiempo las comunicaciones de mantenimiento o modificación de los certificados emitidos por servicios sociales u organizaciones del tercer sector.
  • No presentar la Declaración de la Renta durante dos ejercicios consecutivos.
  • Superar los límites de renta y patrimonio establecidos.
  • Otras causas establecidas en las regulaciones correspondientes.
Tabla del Ingreso Mínimo Vital en 2023: estas son las cuantías en función de la situación familiar

Por qué puedes perder el IMV de forma definitiva

La suspensión de manera temporal del IMV no es lo peor que puede ocurrirle a sus beneficiarios: la Seguridad Social tiene la posibilidad de extinguir la prestación, es decir, quitarla definitivamente. Esto puede hacerlo a partir del primer día del mes siguiente a la fecha en que se resuelva la causa de extinción por las siguientes razones:

  • Se mantiene la suspensión durante un año.
  • No se reúnen alguno de los requisitos para recibir la ayuda.
  • Renuncia voluntaria.
  • Fallecimiento del titular.
  • Traslado al extranjero sin informar a la Seguridad Social o permanecer fuera de España sin justificación durante más de 90 días.
  • No cumplir las condiciones para compatibilizar con el desarrollo de un trabajo por cuenta propia o ajena.
  • Por resoluciones derivadas de un proceso sancionador.

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El Ingreso Mínimo Vital es distinto para cada persona, según su situación personal y económica. (Shutterstock)
El Ingreso Mínimo Vital es distinto para cada persona, según su situación personal y económica. (Shutterstock)

¿Cuál es la cuantía de la prestación?

El Ingreso Mínimo Vital es distinto para cada persona, dado que se trata de una renta garantizada, que puede compaginarse con otros ingresos, como sueldos, pensiones o prestaciones por desempleo, y variar en función de la situación de la unidad de convivencia a la que se pertenezca. Asimismo, desde el 1 de enero de 2023, la cuantía aumentó un 8,5%, tal y como aprobó el Gobierno de España, por lo que queda de la siguiente forma:

  • Adulto: 6.401 euros anuales.
  • Adulto y un menor: 9.729 euros anuales.
  • Adulto y dos menores: 10.737 euros anuales.
  • Adulto y tres menores: 13.570 euros anuales.
  • Dos adultos: 8.321 euros anuales.
  • Dos adultos y un menor: 10.241 euros anuales.
  • Dos adultos y dos menores: 12.162 euros anuales.
  • Dos adultos y tres menores o más: 14.082 euros anuales.
  • Tres adultos: 10.241 euros anuales.
  • Tres adultos y un menor: 12.162 euros anuales.
  • Tres adultos y dos menores o más: 14.082 euros anuales.
  • Cuatro adultos: 12.162 euros anuales.
  • Cuatro adultos y un niño: 14.082 euros anuales.
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