Las diferencias del reparto de la herencia si existe o no existe testamento

El testamento es la forma legal de distribuir la herencia conforme a tus prioridades, aunque también tiene sus límites

Guardar

Nuevo

infobae

¿Qué pasa con el dinero de la herencia tras el fallecimiento de tu familiar? La forma en la que se reparte una herencia dependerá de si hay o no testamento de por medio. El testamento es la forma legal de distribuir la herencia conforme a tus prioridades, aunque también tiene sus límites. En concreto, deberá atenerse a lo que marca el capítulo II del Código Civil sobre cómo dividir los bienes. En una herencia sin testamento, el Estado se encargará de la adjudicación y de determinar cómo se reparte el dinero y el resto de bienes.

Las herencias se dividen en tres partes o tercios. Se trata del tercio de la legítima, el tercio de mejora y el tercio de libre disposición. El Código Civil marca a quién se podrá dejar cada una de estas partes. Lo que el testamento hace es ayudar a distribuirlas. En el caso de que haya testamento la herencia se reparte de la siguiente manera:

Te puede interesar: Los supuestos en los que se puede impugnar un testamento

  • El tercio de la legítima: un tercio de la herencia se repartirá entre los herederos legítimos, que son el cónyuge del fallecido y sus hijos o los descendientes de éstos cuando han fallecido. Este tercio tiene que repartirse a partes iguales entre los herederos legítimos. Con un testamento se puede definir quién va a quedarse con cada cosa cuando, por ejemplo, hay obras de arte, dinero en metálico y bienes con diferente valor. Es decir, permite hacer una división de la herencia ad hoc para evitar disputas entre los herederos. Un padre puede desheredar a un hijo y dejarle sin su porcentaje de la legítima. Eso sí, el hijo también podrá reclamar la herencia legítima si considera que no se han producido los motivos legales para hacerlo.
  • El tercio de mejora: este tercio de la herencia sirve para mejorar la legítima, siempre que no se trate de una herencia donde haya hijos y viuda o viudo. En este caso, este tercio irá a parar al cónyuge, como veremos más adelante. El tercio de mejora de la herencia se usa, como su propio nombre indica, para mejorar lo que recibirá alguno de los herederos legítimos. En otras palabras, se puede usar para dar más a un hijo que a otro de forma legal
  • El tercio de libre disposición: las leyes de la herencia permiten destinar hasta un tercio de la herencia a quien se quiera, sea o no familiar y sea o no heredero legítimo. Eso sí, al hacerlo tendrá que pagar más impuestos por la herencia que un familiar.
Las herencias a los parientes "lejanos" pagan más impuesto de Sucesiones a Hacienda

Te puede interesar: Los requisitos para reclamar una herencia que ya ha sido repartida entre los herederos

Reparto de la herencia sin testamento

Cuando no hay testamento, el Estado se encargará de repartir la herencia conforme a las indicaciones anteriores, pero eliminando ese tercio de libre disposición. Y es que en este caso se aplicarán directamente las leyes hereditarias y el derecho común que estima quienes pueden heredar y el orden en el que lo harán. Es el siguiente:

  • Primer grupo: Hijos y nietos si el padre ha fallecido.
  • Segundo grupo: Padres y abuelos, estos últimos solo si los padres han fallecido.
  • Tercer grupo: cónyuge. Sólo heredará la propiedad si no hay herederos del primero y segundo grupo, aunque tendrá derecho de usufructo en la herencia. Es decir, podrá utilizar una parte de los bienes (más adelante te contamos este caso concreto y el porcentaje de la legítima que le corresponde).
  • Cuarto grupo: Hermanos y sobrinos de la persona fallecida. En este caso los hermanos son los herederos directos y los sobrinos heredarán cuando los hermanos hayan fallecido también.

En último lugar, y solo si no hubiese ningún otro heredero, los siguientes en la línea sucesoria serían los tíos carnales y, en su defecto, el resto de parientes colaterales de cuarto grado. A saber, primos, tíos segundos y sobrinos segundos. Si no hubiese ningún familiar y tampoco testamento, el heredero sería el Estado.

Guardar

Nuevo