La Fiscalía de la Audiencia Nacional, como estaba previsto, ha presentado este viernes un recurso de apelación contra el auto del juez Manuel García Castellón en el que imputaba al líder de Junts, Carles Puigdemont, la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y otras diez personas vinculadas al procés por delitos de terrorismo en la causa del Tsunami Democrátic.
En su escrito, el ministerio público expone que “las actuaciones llevadas a cabo en el marco de las diligencias incoadas hace cuatro años no han arrojado elementos que permitan sostener la existencia de una organización o grupo criminal, ni tampoco su carácter terrorista, que es lo que justificaría la competencia de la Audiencia Nacional”. Así, la Fiscalía apuesta por dejar el procedimiento en manos de los juzgados ordinarios de Barcelona.
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El recurso fiscal llega apenas 24 horas después de que el PSOE y Junts cerrasen su acuerdo para la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno. La principal cesión de los socialistas, también pactada con ERC, es la ley de amnistía. Aunque aún no se conoce su contenido, es previsible que la causa del Tsunami Democrátic, sea por terrorismo o por desórdenes públicos, se incluya entre los procedimientos amnistiados.
Además de oponerse al tratamiento de la causa por delitos de terrorismo, la Fiscalía dedica un apartado a rechazar la imputación de Carles Puigdemont. Remarca que “los indicios que se consignan resultan insuficientes para ello. Ya de por sí resulta significativo en el informe policial de recapitulación como en el caso de otros que los imputados no se le dedique ningún apartado o capítulo ni se le atribuyan hechos concretos en relación con actividades delictivas relacionadas con Tsunami Democrátic”.
El ministerio público rechaza de igual manera la imputación de Marta Rovira, sobre la que subraya que “no está en absoluto acreditado en los informes incorporados a las actuaciones labores de coordinación de la plataforma Tsunami Democrátic. Las actuaciones que se le atribuyen carecen de toda entidad delictiva, más allá de su simpatía o apoyo a la plataforma Tunami Democrátic. Su participación en la reunión de Ginebra y su intervención en diversos chats en los que coincide con alguno de los investigados no acredita mayor participación”.
En el auto, la Fiscalía también argumenta que “en los hechos recogidos en la causa no se han acreditado jerarquías, ni distribución de funciones entre los investigados, ni la existencia de un órgano directivo, ni tampoco la perpetración concertada de diferentes hechos delictivos, requisitos necesarios, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, para encontrarnos ante una organización criminal”.
Así, defiende que “los únicos hechos delictivos que se deducen de los actuados en la causa serían los llevados a cabo en el aeropuerto del Prat y en el puesto fronterizo de La Junquera, constitutivos de desórdenes públicos graves, tras la derogación de la sedición”.