¿Cuáles son las multas por participar en una manifestación ilegal en España? Sanciones altas que aumentan si hay disturbios

Ley Mordaza contempla multas de entre 30.000 y 60.000 euros por asediar la sede de un partido político

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Cuarta noche de manifestaciones y
Cuarta noche de manifestaciones y contra la amnistía. HELENA MARGARIT CORTADELLAS

Los altercados en Ferraz se llevan sucediendo durante toda la semana. El enfrentamiento entre los manifestantes y las Fuerzas de Seguridad del Estado está dejando algunos detenidos y otros muchos manifestantes podrían ser denunciados por desórdenes públicos después de la quema de contenedores y el lanzamiento de piedras a la Unidad Policial de Intervención.

Tras la reforma del Partido Popular de la Ley de Seguridad Ciudadana, la conocida como Ley Mordaza, todos aquellos que sean detenidos o denunciados se enfrentaran a esta ley que, en su día, el PP ideó para frenar las concentraciones en contra del Gobierno que dirigían, el primer Gobierno post 15M y con la ciudadanía muy movilizada.

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El martes, muchos manifestantes instaron a los presentes en la sede de los socialistas a ir un paso más allá: acudir al Congreso. Según la Ley Mordaza, los convocantes de estas manifestaciones, que se están organizando por redes sociales, se están comunicando, pero no se están autorizando, se podría sancionarles con una multa de entre 100 y 1.000 euros, aunque no participen. Si la manifestación deriva en disturbios, como ocurrió el lunes y el martes, los convocantes se enfrentan a una multa de un máximo de 30.000 euros.

Participar en los altercados

El Código Penal recoge los delitos de daños y desórdenes públicos, así como el de resistencia o atentado a la autoridad. No obstante, si la actitud del manifestante no llega a ser de tal gravedad como para considerarse delito, Interior puede multar al ciudadano por una falta grave. La sanción oscila entre los 1.000 y los 30.000 euros, si causa “desórdenes graves o incendios” tanto si se producen en la calle o en establecimientos, y solo si su conducta representa “un peligro para las personas o bienes u ocasiona alteración de la seguridad ciudadana”.

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Si las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado considera que a pesar de llevar ese atuendo tu conducta es pacífica, no incurrirá en ningún delito. Sin embargo, si participa en altercados con esta vestimenta, la multa podría superar los 1.000 y se podría extender hasta los 30.000.

Cortar Gran Vía, dirigirse al Congreso

Modificar el recorrido de la manifestación es considerada una falta leve, y la multa es de 1.000 euros. El pasado martes, miles de personas modificaron el lugar de la manifestación, abandonaron la Calle Ferraz, tomaron Plaza de España, cortaron Gran Vía y llegaron a la Carrera de San Jerónimo.

Esto también puede considerarse no hacer caso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. En ese caso, desobedecer las indicaciones de los agentes es considerada una falta grave que se sanciona con, hasta 30.000 euros.

39 heridos, 29 de ellos Policías, y seis detenidos en la protesta contra la amnistía en Madrid este martes, con disturbios e importantes destrozos.

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Si en el proceso de la manifestación alguno de los agentes te exige mostrarle el Documento Nacional de Identidad, deberás entregárselo. Desde la entrada en vigor de la Ley Mordaza la posesión del DNI por parte de la Policía es imprescindible, no está permitido, simplemente, mostrarle al agente el documento. En caso de negarse, la multa es de 1.000 euros.

Asediar una sede

Con la Ley Mordaza es considerada una falta leve si no ha sido comunicada. El lunes los manifestantes ni comunicaron, ni, por tanto, recibieron autorización para rodear la sede del Partido Socialista. A última hora de la tarde se produjeron fuertes disturbios que obligaron a la Unidad de Intervención Policial a actuar.

Es peciso explicar que, según está redactada la Ley Mordaza, los asistentes se podrían enfrentar a una cuantiosa multa, una cifra que oscilaría entre los 30.000 euros y los 60.000, ya que se considera una falta muy grave.

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