Recibir una herencia no es sinónimo de “dinero gratis”, puesto que para tener derecho a recibirla y quedarte con ella, vas a tener que pagar a Hacienda. Si tienes dos hermanos, la herencia no se repartirá entre tres sino, entre cuatro. Hacienda es un heredero impuesto por el Estado de manera obligatoria, a veces incluso el que más dinero se lleva. No obstante, existen ciertas estrategias para reducir su legítima lo máximo posible.
La cantidad de dinero que deberás pagar a la Agencia Tributaria, está regulado por la normativa estatal, aunque un factor determinante que varía el monto total a pagar lo establece cada comunidad autónoma. Además de tener en cuenta el grado de parentesco, también juega un papel fundamental el porcentaje de desembolso de tu lugar de residencia a la hora de beneficiarse de reducciones o bonificaciones del impuesto de sucesiones.
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El impuesto de sucesiones es un gravamen de carácter progresivo, es decir, cuanto más grande sea la herencia, más alto será el cargo. Hay que tener en cuenta que, una vez que fallece el familiar, se debe tributar en la comunidad autónoma en la que residía el difunto. Esto impide que una vez fallecido, se pueda cambiar el domicilio fiscal para evitar el elevado coste de este gravamen.
Estas son las bonificaciones de cada comunidad autónoma
En el Índice del Impuesto sobre Sucesiones la primera posición la ocupan Andalucía, Islas Baleares, Cantabria y Galicia con una puntuación de 10, seguidas por Castilla y León, Madrid, Extremadura y Murcia, todas con una nota superior a 9,8. En la cola de Sucesiones se sitúa Asturias con la peor puntuación (0,87) y la mayor cuota líquida. En segunda y tercera posición están la Comunidad Valenciana y Aragón con 4,16 y 4,78 puntos. También entre las cinco peores se encuentran Cataluña y La Rioja.
Sin embargo, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Europa, se parece al Impuesto sobre el Patrimonio, genera una doble imposición ya que grava nuevamente lo que ya ha sido gravado a través del impuesto sobre la renta. Por el momento, la ley otorga potestad a los gobiernos regionales para establecer bonificaciones del 100%, es decir, para eliminarlas y que los contribuyentes afincados en esa comunidad autónoma no tengan que abonar la cuantía referente a este impuesto.
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Estos son los países donde no existe el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
En muchos países, el impuesto sobre sucesiones se encuentra entre los impuestos menos populares. En Suecia, una encuesta realizada en 2004 mostró que dos tercios de los encuestados, mayoritariamente personas de izquierda, querían que se redujera o se derogara el impuesto. Es más, la derogación del impuesto en 2005 fue llevada a cabo por una coalición formada por el Partido Social Demócrata, los verdes y otro partido de izquierda. Además de Suecia, Eslovaquia, Letonia, Estonia, Austria, Noruega, República Checa, Israel, Canadá, Nueva Zelandia, Méjico y Australia son sólo unos cuantos ejemplos de países que han derogado o donde nunca ha existido el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Históricamente, los ingresos de los impuestos sobre sucesiones y donaciones han representado una porción muy pequeña de los ingresos fiscales totales tanto en España como en el resto de los países de la OCDE. Según datos de la OCDE, en 2021, en España, la recaudación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones representó solo el 0,76% del total de la recaudación fiscal. Sin embargo, en Finlandia, aplicando un tipo impositivo máximo mucho más reducido (máximo de 33%) logra recaudar el mismo porcentaje que España en 2021, 0,76%.
En España el tipo máximo de gravamen es del 34%
Además, el impuesto sobre sucesiones y donaciones es un instrumento ineficiente para reducir la desigualdad entre ricos y pobres, no solo por su reducida capacidad de recaudación sino también porque se necesitaría de un mecanismo de redistribución eficaz, del que España carece y que por sí mismo crearía nuevas distorsiones. En España el tipo máximo del gravamen es del 34%, pero tanto Asturias como Murcia lo han elevado al 36%. Sin embargo, al aplicar los coeficientes multiplicadores en función del grupo de parentesco y patrimonio preexistente el gravamen sube hasta el 81,6%, el tipo general, y hasta el 87,6% en Asturias y Murcia, el gravamen más elevado de toda Europa.
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Es más, trece de las comunidades autónomas aplican un tipo impositivo máximo más elevado que el de Bélgica (80%). Aun aplicando unos tipos impositivos más reducidos que el máximo estatal, los tipos impositivos de Andalucía (7-49,4%) y Navarra (0,8-48%) son más elevados que los de Luxemburgo (0- 48%), mientras que el tipo impositivo máximo de las tres diputaciones vascas (42,56%) supera el máximo aplicado en Reino Unido y Holanda (40%) o Finlandia (33%).
Reducción del tipo impositivo máximo al 25% para ser competitivas a nivel europeo
De hecho, quince de los países europeos tienen tipos impositivos máximos más reducidos que los de cualquier comunidad autónoma española. Para que las comunidades autónomas sean competitivas tanto a nivel regional como internacional es necesario, como mínimo, eliminar los coeficientes multiplicadores en función del grupo de parentesco y patrimonio preexistente. Esta medida reducirá el tipo impositivo máximo hasta el 34% (36% en Asturias y Murcia).
El comité de expertos al que el gobierno central le encargó la elaboración del “Libro Banco sobre la Reforma Tributaria” recomienda además la reducción del tipo impositivo máximo del actual 34% al 25%. No obstante, dada su reducida capacidad de recaudación, redistribución, el impacto negativo que el impuesto tiene sobre la actividad empresarial, el ahorro y el empleo los policymakers deberían considerar su completa derogación como hizo Suecia hace casi dos décadas.