La Audiencia Nacional abre juicio a la excúpula de Interior por el espionaje a Bárcenas en la operación Kitchen y rechaza la responsabilidad del PP

El juez Manuel García Castejón declina declarar la responsabilidad civil a título lucrativo del PP

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16-07-2021 El extesorero del PP
16-07-2021 El extesorero del PP Luis Bárcenas POLITICA Óscar Cañas - Europa Press

El juez de la Audiencia Nacional y titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, Manuel García Castellón, ha acordado este viernes la apertura de juicio oral contra el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz y la antigua cúpula del Ministerio durante el Gobierno de Mariano Rajoy por la denominada operación Kitchen, el operativo parapolicial puesto en marcha en 2013 supuestamente con el objetivo de sustraer al tesorero del PP Luis Bárcenas material y documentación relacionada con la investigación judicial del caso Gürtel.

En su auto, el juez rechaza la petición de la acusación ejercida por el PSOE de declarar la responsabilidad civil a título lucrativo del PP y la establece, de forma subsidiaria, para la Administración General del Estado en el caso de que los investigados resulten condenados, según ha informado la propia Audiencia Nacional.

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Tras la petición de la Fiscalía, se sentarán en el banquillo el exministro Fernández Díaz; su número dos, Francisco Martínez; el ex Director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía Nacional, Eugenio Pino; el excomisario José Manuel Villarejo; el comisario Andrés Manuel Gómez Gordo; y los responsables policiales José Luis Olivera, Marcelino Martín Blas, José Ángel Fuentes Gago y Bonifacio Díez Sevillano. En el caso de los tres primeros nombres, el juez les impone unas fianzas por responsabilidad civil que ascienden a 120.000 euros.

El auto de apertura de juicio oral incluye todos los delitos planteados por las acusaciones (Fiscalía, Abogacía del Estado, PSOE, Podemos y familia Bárcenas) en sus respectivos escritos y que incluyen diversos delitos como descubrimiento y revelación de secretos, prevaricación, omisión del deber de perseguir los delitos, cohecho, tráfico de influencias, malversación, encubrimiento, contra la intimidad y obstrucción a la justicia.

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En el caso del PSOE, Podemos y de la familia Bárcenas, además, añaden los de organización criminal o asociación ilícita, entre otros. Para el juez García Castejón los diferentes relatos de los escritos de acusación, con sus correspondientes calificaciones penales, resultan, en principio, “adecuados”.

Responsabilidad lucrativa del PP

En relación con la responsabilidad civil del PP solicitada por el PSOE, el magistrado recuerda que hasta este momento, en esta pieza del caso Tándem, “no se ha dirigido pretensión alguna en este sentido” contra el PP y que, por tanto, siguiendo doctrina del Tribunal Supremo, resulta extemporánea.

Además, García Castejón justifica en su auto que la petición del PSOE se realiza sin concretar la cuantía ni los hechos y acciones concretas de los que emana dicha responsabilidad, “apreciándose una falta de relación entre los hechos que sustentan la pretensión y la persona frente a la que se ejercita la acción civil”. El juez también ha desestimado una diligencia de investigación complementaria solicitada por el PSOE al considerar que la instrucción de la causa está finalizada.

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