Cambios en las oposiciones de RTVE: así contarán la baremación y los años de experiencia

El ente público ha suspendido los exámenes programados y ha anunciado que publicará las nuevas fechas “a la mayor brevedad posible”

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El vicepresidente primero de la Comisión Mixta de Control Parlamentario de la Corporación RTVE y sus Sociedades, Vicent Sarrià  durante una Comisión Mixta de Control Parlamentario de la Corporación RTVE y sus Sociedades, en el Senado. (Gustavo Valiente / Europa Press)
El vicepresidente primero de la Comisión Mixta de Control Parlamentario de la Corporación RTVE y sus Sociedades, Vicent Sarrià durante una Comisión Mixta de Control Parlamentario de la Corporación RTVE y sus Sociedades, en el Senado. (Gustavo Valiente / Europa Press)

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha declarado la nulidad de la baremación y el año de experiencia requeridos en el proceso de oposiciones de Radiotelevisión Española (RTVE), tras estimar “parcialmente” la demanda formulada por la Federación de Espectáculos, Información, Papel y Artes Gráficas de Confederación General de Trabajadores (FEIPAG-CGT) contra Corporación.

En el fallo, los magistrados declaran la nulidad de varios requisitos de participación, entre los que se encuentran “tener la experiencia profesional mínima demostrable” que exijan las bases específicas para el puesto al que se opta; y “haber prestado servicios por un periodo igual o superior al año (365 días) en puesto análogo al que opta, prestados desde el 1 de enero de 2007″.

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Asimismo, la Audiencia Nacional ha declarado la nulidad de la expresión “la formación y experiencia que sea requisito para optar a las plazas convocadas no será valorada como mérito”, así como la ponderación de méritos contenida en los Anexos 5 y 6 de las Bases Generales de la Convocatoria 1/2022.

A esta demanda interpuesta por CGT se adhirió también el sindicato Comisiones Obreras (CCOO), siendo partes interesadas Unión General de Trabajadores (UGT), Sindicato Independiente de Comunicación y Difusión (SICD), Unión Sindical Obrera (USO).

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De este modo, los magistrados han declarado la nulidad de todos los actos posteriores dictados en aplicación de las Bases Generales de la Convocatoria 1/2022, en relación con la exigencia como requisito de participación de “haber prestado servicios por un periodo igual o superior al año (365 días) en puesto análogo al que opta, prestados desde el 1 de enero de 2007″ para algunas ocupaciones y en relación con la aplicación de la ponderación de méritos de los Anexos 5 y 6 de las Bases Generales de Convocatoria 1/2022.

La sentencia de la Audiencia Nacional, de 5 de octubre, podrá ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de 5 días, según indica el propio fallo que absuelve a RTVE del resto de las pretensiones formuladas en su contra.

La Corporación RTVE ha lanzado un comunicado en el que indica que los procesos selectivos de nuevas plazas en se mantienen y se van a adaptar a esta sentencia. Además, han anunciado que “los exámenes, a la espera de la mencionada adaptación, se suspenden y se comunicarán a la mayor brevedad posible las nuevas fechas”. “Los procesos selectivos siguen siendo un objetivo prioritario de la dirección de RTVE”, han asegurado.

Más de mil nuevos trabajadores

El objetivo de RTVE es incorporar a 1.082 trabajadores fijos procedentes de los procesos de consolidación de empleo temporal y de una convocatoria pública abierta que permitirán cubrir las bajas de empleo estable resultado de las jubilaciones producidas en los últimos años, así como reforzar las áreas estratégicas de RTVE para el futuro inmediato. La última convocatoria de oposiciones data de 2007.

*Información elaborada por Europa Press

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