La Junta Electoral multa a Sánchez con 2.200 euros por hacer campaña desde Bruselas

El presidente en funciones cuestionó los pactos de PP y Vox durante la rueda de prensa posterior a un Consejo Europeo. El organismo considera que los hechos suponen un “quebrantamiento del principio de neutralidad”

Guardar
Pedro Sánchez durante la presentación de las prioridades de la presidencia española de la UE. (Alejandro Martínez Vélez / Europa Press)
Pedro Sánchez durante la presentación de las prioridades de la presidencia española de la UE. (Alejandro Martínez Vélez / Europa Press)

La Junta Electoral Central (JEC) ha multado con 2.200 euros al presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, por romper el principio de neutralidad que deben respetar los cargos públicos durante la campaña electoral propia de unas elecciones. El organismo sanciona de este modo al candidato socialista por utilizar una rueda de prensa del Consejo Europeo para cuestionar los pactos autonómicos de PP y Vox. Los hechos tuvieron lugar en Bruselas el pasado 30 de junio, tres semanas antes de los comicios.

El Partido Popular había denunciado las declaraciones del jefe del Ejecutivo por hacer uso de las instituciones europeas para cargar contra su partido en la antesala de una cita electoral. La infracción se remonta tres meses atrás. En un encuentro con los medios, Pedro Sánchez alertó de la “involución” que se estaba produciendo en España con los pactos que los populares y la extrema derecha habían cerrado en Extremadura y la Comunidad Valenciana. La JEC considera que fue un “contenido valorativo y electoralista”.

Te puede interesar: Zelenski llama a culminar la derrota de Rusia ante el riesgo de que “congele” su agresión para rearmarse y atacar a otros países europeos

El organismo llevaba desde el pasado 12 de julio detrás de la pista y este jueves ha emitido su resolución. El fallo hace referencia al artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y recuerda que el candidato socialista “aprovechó los medios públicos de los que disponía” para hacer campaña. Las palabras del presidente en funciones suponen un “quebrantamiento del principio de neutralidad” y una “merma del principio de igualdad” entre las formaciones que aspiraban a hacerse con la Moncloa.

El jefe del Ejecutivo también reconoció que le causaba “sonrojo” que los partidos liderados por Alberto Núñez Feijóo y Santiago Abascal escalasen en las instituciones a costa de “recortar derechos”. Además, Sánchez puso en valor el crecimiento económico y la creación de empleo como dos de los grandes avances cosechados durante la legislatura. La sanción impuesta está tipificada en el artículo 153.1 de la LOREG, que establece que, para todo aquel responsable público —autoridades y funcionarios—, las multas no constitutivas de delito serán de entre de 300 y 3.000 euros.

El president de la Generalitat, Pere Aragonès, durante una sesión plenaria en el parlament. (David Zorrakino / Europa Press)
El president de la Generalitat, Pere Aragonès, durante una sesión plenaria en el parlament. (David Zorrakino / Europa Press)

Pere Aragonès, sancionado con otros 2.200 euros

La Junta Electoral también ha sancionado al presidente de la Generalitat de Catalunya, Pere Aragonès, con otros 2.200 euros por hacer “electoralismo” en la campaña de los últimos comicios. El líder catalán convocó el pasado mes de julio un acto para hacer balance de las obras de movilidad del Maresme (Barcelona). El organismo considera que ha vulnerado el artículo 50.3 de la LOREG, que prohíbe expresamente organizar ceremonias de “inauguración de servicios públicos” desde la convocatoria de elecciones hasta su celebración.

En este caso, fueron los socialistas catalanes (PSC) los que denunciaron la actitud del president por sus “connotaciones electoralistas”. La JEC también ha multado al portavoz de Ejecutivo de Castilla y León, Carlos Fernández Carriedo, con el mismo importe por convocar una rueda de prensa en plena campaña para dar cuenta de los acuerdos del Consejo de Gobierno. El consejero popular ha quebrantado el “principio de neutralidad” y tendrá que abonar el correspondiente recargo.

Guardar