Permiso parental de 8 semanas: requisitos, cómo pedirlo y cuándo será retribuido

En caso de que la empresa despida a un trabajador que haya solicitado el permiso, el despido será automáticamente nulo

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El pasado mes agosto entró en vigor la nueva norma que regula el permiso de ocho semanas para los padres con hijos menores de ocho años. El Ejecutivo aprobó un Real Decreto-ley para transponer las normas europeas en materia de conciliación entre la vida laboral y personal.

Este permiso de cuidados para el menor aún no está remunerado. Sin embargo, la Directiva europea 2019/1158 del 20 de junio obliga a que estos permisos sean remunerados a partir del 2 de agosto de 2024, por lo que habrá que esperar para ver como se establece la regulación. La directiva europea garantiza que los trabajadores que quieran adoptar de estos permisos “reciban una remuneración o una prestación económica”.

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¿Cómo solicitar el permiso parental de 8 semanas?

La norma establece que los padres puedan disfrutar de ocho semanas, de forma continúa o discontinua (por días o semanas) y a tiempo parcial o completo, para el cuidado de los hijos hasta que cumplan ocho años.

Aún no se ha concretado como solicitar este nuevo permiso laboral. En caso de que se siga el mismo procedimiento que el resto de permisos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, lo más probable es que se deban tramitar a través de la Seguridad Social, ya se presencialmente en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), o por correo electrónico a la Dirección Provincial del INSS correspondiente o por internet a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

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Para ejercer este nuevo derecho, el trabajador tendrá que pedirlo con una antelación de diez días, y de 15 en el caso de los funcionarios, salvo causas de fuerza mayor. Es un derecho individual, de manera que no puede transferirse su ejercicio. El Estatuto de los Trabajadores explica que será la persona beneficiaria la que especifique su fecha de inicio y fin del disfrute o, en su caso, los periodos de disfrute.

¿Puede negar la empresa este derecho?

La compañía podrá aplazar la concesión del permiso por un período razonable, siempre que lo justifique por escrito y tras haber ofrecido una alternativa de disfrute igual de flexible, pero no negarlo.

En el caso de que dos personas con el mismo derecho lo pidieran a la vez a la empresa, desde recursos humanos deberán organizarlo, y en caso de tener que aplazarlo por incompatibilidad, deben justificarlo y ofrecer una alternativa. Pero eso solo será válido cuando el disfrute del permiso parental de ambos interesados en el período solicitado alterase “seriamente” el correcto funcionamiento de la empresa.

La empresa no puede despedir al solicitante

En caso de que la empresa despida a un trabajador o trabajadora que haya solicitado los permisos de paternidad, maternidad, el despido será automáticamente nulo. Además, la compañía estará obligada a readmitir al trabajador despedido si el mismo está de acuerdo en volver a su puesto de trabajo.

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