La fecha clave para los autónomos en noviembre que afecta al nuevo sistema de cotización

De cara a final de año, se establecen dos momentos importantes para los autónomos de cara a final de año

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El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. (Europa Press)
El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. (Europa Press)

El pasado 1 de enero entró en vigor el nuevo sistema de cotización de autónomos y, desde ese momento, se desplegará progresivamente -durante 3 años- un sistema de quince tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá como muy tarde en nueve años.

Para que los autónomos puedan estar al tanto de cambios y modificaciones en la documentación que hay presentar y en los plazos que tienen que cumplir, hay que tener en cuenta las fechas clave en el calendario de la Seguridad Social, que cuenta con dos citas importantes de aquí a final de año.

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En enero entró en vigor este nuevo sistema y a lo largo de ese mes y hasta el 28 de febrero, los autónomos podían solicitar a la Seguridad Social la base de cotización mensual que se ajuste a los rendimientos netos que esperan obtener de promedio mensual a lo largo del año 2023. Estos cambios de base de cotización quedarían reflejados en el mes de marzo.

Posteriormente, el 1 de marzo, se abría el plazo para comunicar cambios de tramo de cotización, procesos que se repetiría el primer día de los meses de mayo, julio y septiembre. A partir de esta fecha se establecen dos momentos clave para los autónomos de cara a final de año:

  • 31 de octubre de 2023: último día para la comunicación de actividades y, en su caso, participación en sociedades para los autónomos que estuvieran dados de alta antes del 1 de enero de 2023.
  • 1 de noviembre de 2023: se abre un nuevo periodo para comunicar un cambio de base de cotización que, en este caso, no tendrá efecto en 2023 y entrará en vigor en enero de 2024.

Cambios en la cuota de autónomos en 2024

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha despejado las medidas prioritarias que espera aprobar el próximo mes de enero para el sector de los trabajadores por cuenta propia. La primera de las propuestas busca reforzar los sistemas europeos de protección social, con especial atención en los autónomos y los esquemas de rentas mínimas. El Gobierno pretende ampliar su cobertura y beneficiar a las familias más vulnerables.

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Escrivá ha defendido que los trabajadores autónomos “hacen una sustancial contribución a la economía española”, una afirmación que corroboran otros informes. La idea del departamento no es otra que abordar la protección social de los emprendedores durante todo el año y no únicamente cuando estalla una crisis. Además, queda en el aire la posibilidad de establecer bases de cotización que garanticen esa protección social de forma permanente. En los próximos meses, el ministerio espera emitir conclusiones más específicas y acordar los pasos a seguir.

Además, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) está experimentando un período transitorio de tres años durante los que los emprendedores pueden cambiar de tramo cada dos meses para adaptar su cuota de autónomos a las previsiones de rendimientos según la época concreta del año. La norma establece que los beneficiarios solo pueden solicitar esta permuta seis veces al año.

Este sistema ha arrancado en 2023, con un primer tramo en el que la cuota mínima era de 230 euros al mes y un último tramo con una cuota mínima de 500 euros mensuales. Según las tablas orientativas publicadas por el Ministerio de Seguridad Social, en 2024, la cuota mínima en el primer tramo de ingresos será de 225 euros, pero, en cambio, la cantidad mínima del tramo superior aumentará hasta los 530 euros mensuales.

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