Todavía es pronto para hablar de la declaración de la renta, pero este cambio puede afectar a muchos contribuyentes, por lo que conviene tenerlo en cuenta cuanto antes. El pasado mes de abril, la Agencia Tributaria anunció una serie de modificaciones para la próxima campaña que afectarán sobre todo a las personas que hayan cambiado de trabajo a lo largo de 2023. Los trabajadores que tienen dos o más pagadores están obligados a reflejarlo antes de realizar la contribución por el IRPF.
Hacienda establece un límite mínimo de dinero anual según el que es o no obligatorio presentar la declaración de la renta. De este modo, los trabajadores con un único pagador cuyos rendimientos íntegros por actividad laboral estén por debajo de los 22.000 euros anuales no tienen por qué presentar la declaración. Esta norma se aplica también al cómputo de las personas que hayan tenido dos o más pagadores, cuando las cantidades percibidas por el segundo y restantes no superen el límite de 1.500 euros anuales.
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Cuando la nómina del segundo pagador supera el límite mencionado, los contribuyentes sí que están obligados a realizar la declaración de la renta, salvo que la suma de todos los ingresos no supere los 14.000 euros anuales. Precisamente en este apartado es donde llega el principal cambio, puesto que la Agencia Tributaria ha decidido aumentar el mínimo exento de tributación en el IRPF, lo que supone una mejora relevante para los ciudadanos.
¿Cuánto aumenta el límite mínimo para declarar?
Hace unos meses, el Gobierno elevó el mínimo exento de tributación en el IRPF, lo que implica que por debajo del nuevo límite no hay que pagar nada por este impuesto, ni vía retenciones ni como resultado de la declaración. Este cambio afecta a los contribuyentes con dos pagadores que cobran más de 1.500 euros a partir del segundo pagador. Hasta ahora, los trabajadores en esta situación tenían que declarar cuando sus ingresos superaban los 14.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se incrementará hasta los 15.000 euros a partir de 2024, es decir, para la declaración correspondiente al ejercicio de 2023.
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Por su parte, los contribuyentes que tengan más de un pagador y no sobrepasen los 1.500 euros no estarán obligados a declarar, salvo que superen los 22.000 euros, de modo que se mantiene el límite general hasta ahora vigente. El mínimo exento de tributación subió con efecto retroactivo, pero el incremento del límite exento para declarar no se aplicará hasta la declaración de la renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2023. Esta novedad garantiza que un trabajador que en 2023 haya cobrado en base al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) —que se fija en 15.120 euros anuales distribuidos en 14 pagas— prácticamente no tribute por IRPF.