No solo España grava los “beneficios extraordinarios” de energéticas o bancos: la OCDE constata medidas similares en otros 21 países

La OCDE reconoce que estas medidas son “poco comunes en la historia reciente”, pero que se han introducido excepcionalmente para “recaudar ingresos para gastos fiscales adicionales, limitar las desigualdades y fortalecer la cohesión social”

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FOTO DE ARCHIVO: El presidente
FOTO DE ARCHIVO: El presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez (izquierda), y la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante una sesión parlamentaria celebrada en el Congreso de los Diputados de Madrid, España, el 28 de abril de 2022. REUTERS/Susana Vera

La crisis económica tras la COVID-19 y la posterior crisis energética e inflacionista agravada por el inicio de la guerra en Ucrania ha provocado que un grupo de países introduzcan nuevos impuestos, gravámenes u otras medidas similares sobre los “beneficios extraordinarios” de sectores muy concretos a lo largo de 2022. Así lo constata el informe de política fiscal de la OCDE publicado este miércoles y elaborado anualmente sobre una muestra de 75 países.

El informe Tax Policy Reforms 2023 identifica al menos a 22 países, entre ellos España, que han legislado medidas de este tipo. La mayor parte de ellas son temporales y van destinadas a gravar las “ganancias extraordinarias” de las empresas que operan en los sectores de la electricidad y los combustibles fósiles, pero también hay países que han creado gravámenes para el sector financiero y el farmacéutico.

La OCDE reconoce que estas medidas son “poco comunes en la historia reciente”, pero que se han introducido excepcionalmente para “recaudar ingresos para gastos fiscales adicionales, limitar las desigualdades y fortalecer la cohesión social”. Lo cierto es que, al mismo tiempo que algunas empresas “experimentaron grandes aumentos en sus ganancias” a finales de 2021 y a lo largo de 2022, los estados tuvieron que poner en marcha “costosas medidas de apoyo fiscal” para amortiguar el impacto de los precios en los hogares y en las empresas más afectadas.

La OCDE desagrega las medidas sobre las ganancias extraordinarias en cuatro tipos: gravámenes sobre los ingresos excedentes del mercado que estén por encima de un precio máximo; impuestos de solidaridad sobre los excedentes de beneficios; gravámenes sobre una determinada cantidad de ingresos y otros. En esta última clasificación se encuentra España con dos impuestos temporales para 2023 y 2024: un 1,2% sobre el importe neto de la cifra de negocios de las energéticas y un 4,8% sobre el margen de intereses neto de las entidades financieras.

Los 21 países restantes son mayoritariamente europeos y sus medidas encajan en el primer y el segundo grupo. Por ejemplo, Austria, República Checa, Alemania y Eslovenia gravan con un 90% los ingresos de los productores de electricidad por encima del límite de precio de 180 euros por megavatio hora. La medida finaliza en diciembre de 2023, cuando cumplirá un año desde que comenzó a funcionar.

También hay un notable grupo de países europeos (12) que han establecido un impuesto de solidaridad a las empresas de combustibles fósiles sobre las ganancias imponibles que superen el 120% de las ganancias promedio obtenidas entre 2018 y 2021. Aunque la medida es la misma, hay países que la alargan más en el tiempo, como la República Checa, que la mantendrá hasta 2025.

Menos frecuentes son los gravámenes extraordinarios al sector financiero, que en la UE solo han sido adoptados por España y por Hungría, aunque Italia se lo plantea con dificultades. Fuera de la UE destaca Canadá, que ha introducido un aumento permanente de 1,5 puntos porcentuales a partir de 2022 para los grupos bancarios y de seguros de vida con ingresos superiores a 77,8 millones de dólares.

Colombia ha elevado la sobretasa existente sobre las instituciones financieras en 2 puntos hasta 2027, elevando su tipo efectivo del impuesto de sociedades al 40% y creó tasas similares para empresas hidroeléctricas y de combustibles fósiles. Argentina, por su parte, ha legislado una tasa sobre todos los ingresos sujetos a impuestos en todos los sectores de entre el 15% y el 25% entre 2022 y 2023.

España es la excepción con un impuesto de solidaridad a los ricos

Aunque un número cada vez mayor de países han reformado los impuestos a la propiedad, muy pocos llegan a gravar la riqueza neta, como hace España de manera temporal sobre los grandes patrimonios de 2022 y de 2023. El informe destaca las medidas de Chile, Colombia y España en este sentido, aunque también tiene una medida similar Argentina. Otros países han gravado las propiedades desocupadas (Irlanda), las transacciones de criptográficas (Indonesia, Portugal) y las recompras de acciones (Estados Unidos, anunciadas para 2024 en Canadá).

Por otra parte, el informe recoge que España fue en 2021 el séptimo país que más incrementó el peso de los ingresos tributarios, aunque sigue por debajo de los países nórdicos, Alemania, Italia o Francia. En España, el alza de la fiscalidad total fue de 1,63 puntos de PIB hasta el 38,4% del PIB, es decir, netamente por encima de la media de la OCDE (34,1 %). También en dicho año fue el cuarto país de la OCDE donde más aumentó la recaudación por el impuesto de sociedades debido a la fuerte recuperación económica tras el hundimiento en la pandemia.

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