Cuando termina un contrato de alquiler, la fianza puede convertirse en un quebradero de cabeza. En ocasiones, el propietario trata de eludir la devolución basándose en excusas que, realmente, no cuentan con ningún tipo soporte legal.
Normalmente, cuando se abandona la vivienda, el casero promete que hará una transferencia con la fianza, descontado la factura de la luz correspondiente al mes. Sin embargo, muchos inquilinos ven como los días pasan sin que el dinero llegue.
Cuando deciden reclamar la devolución, el casero se niega y responde con un conjunto de gastos por desperfectos que equiparan a la fianza o, que incluso, la superan. La cuantificación de esos daños se hace sin aportar ninguna factura o elemento que permita sumar cantidades objetivas. Lo explican desde el Centro de Asesoría y Estudios Sociales (CAES), que además comparten las seis excusas más comunes que suelen poner los caseros.
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Las excusas más habituales para no devolver la fianza:
- Gastos de limpieza. Consiste en señalar que se ha dejado la vivienda muy sucia, que se ha tenido que contratar a alguien para limpiar o incluso que se ha tenido que comprar unos productos especiales de limpieza muy caros. A veces se acompaña de alguna foto de la supuesta suciedad en la que no se aprecia nada relevante.
- Agujeros en la pared. Que hay varios agujeros en la pared por colgar cuadros y que eso es un daño en el inmueble, y por tanto, requiere de gastos de la reparación.
- Parqué rallado. Otra excusa suele ser el parqué dañado. Se señala que hay alguna marca o en las zonas donde ha habido un sofá o una cama. El concepto que se suele indicar es el de acuchillado de todo el suelo de la vivienda.
- Desperfectos en los muebles, como rasguños en una mesa, manchas en el sofá. En este caso, cualquier defecto es utilizado para contabilizarlo por el precio una mesa o sofá nuevo, en lugar de la reparación o limpieza del mismo.
- La vajilla. Faltan cubiertos, vasos, platos o sartenes que no están contabilizados en un inventario previo.
- Incumplimiento de alguna cláusula contractual. Esta no es tan común, y consiste en indicar que por no cumplir una cláusula te descuenta un tanto por cierto de la fianza. Por ejemplo, una cláusula que diga que no se puede hacer fiestas, o que no puede pasar ningún invitado, etc.
Desde CAES explican que la no devolución de la fianza sin justificación es muy común, “especialmente en las grandes ciudades donde el mercado del alquiler está en constante elevación y la picaresca de algunos caseros o de las inmobiliarias hace que no se respete tanto las formas como se hacía en el pasado”.
Sin embargo, argumentan que el arrendador del inmueble no puede plantear esta apropiación de la fianza sin que se den ciertos requisitos. Por ejemplo, los daños solo pueden justificarse si corresponden a un uso negligente del inquilino. “La jurisprudencia señala que estos pequeños desperfectos son inherentes al contrato de arrendamiento, y no se puede pretender que el estado de la vivienda este impoluto, como si no hubiese sido usada como vivienda habitual”, aseguran.
Además, “a la hora de la imputación de daños, el arrendador/a debe aportar factura del coste de reparación del daño”, explican. En los casos de desperfectos en electrodoméstico o mueble, se debe intentar siempre el arreglo del anterior, no sufragar la compra de uno nuevo.
Por ello, desde CAES recomiendan “dar la pelea” para recuperar la devolución de la fianza ante “la impunidad que sienten muchos caseros/as”.
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