Las prestaciones que concede la Seguridad Social son, por norma general, incompatibles entre sí. El sistema público de pensiones no permite, más allá de las excepciones puntuales, cobrar dos subsidios de naturaleza contributiva al mismo tiempo. Lo cierto es que alguna de estas excepciones puede ser bastante habitual. Es el caso de las pensiones de jubilación y viudedad, dos retribuciones que los beneficiarios sí que pueden percibir a la vez. No obstante, los trabajadores tienen que cumplir con una serie de requisitos.
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La Seguridad Social, en su página web, establece que “la pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a la que el mismo tuviera derecho”. Esto quiere decir que el subsidio se puede cobrar mientras se recibe el salario correspondiente al desarrollo de cualquier actividad laboral. Como consecuencia, también se puede compaginar con los beneficios que, una vez alcanzada la edad para solicitar el retiro, reemplazan dicha nómina.
La pensión contributiva de jubilación cubre la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores que deciden retirarse, mientras que la pensión de viudedad tiene como objetivo facilitar la merma de ingresos del miembro de la pareja que sobrevive tras el fallecimiento del otro cónyuge. Este subsidio surge para facilitar los trámites y la rutina que conlleva una vida en solitario, sobre todo cuando la persona que fallece deja cargas familiares. Para poder cobrar ambas pensiones, los beneficiarios deben acreditar los requisitos que exige cada uno de los subsidios, que son diferentes en los dos casos.
Requisitos para cobrar la pensión de jubilación
Los trabajadores, para tener acceso a la pensión de jubilación, tienen que demostrar un mínimo de 15 años cotizados, de los cuales dos deben figurar entre los últimos 15 inmediatamente anteriores a la solicitud del subsidio. Además, los contribuyentes deben proceder de una situación de alta en la Seguridad Social y estar al corriente de pagos con el organismo. Asimismo, los pensionistas deben haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, que este año se fija en los 66 años y cuatro meses para las personas que tienen menos de 37 años y nueve meses cotizados.
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Requisitos para cobrar la pensión de viudedad
La persona fallecida, para que su pareja pueda solicitar la pensión de viudedad, debía cumplir una serie de requisitos. El contribuyente tenía que estar dado de alta en el régimen general de la Seguridad Social o en una situación asimilada. Además, debía tener cotizados, al menos, 500 días en los últimos cinco años anteriores a la muerte. Las pensiones de jubilación y viudedad son compatibles, sin embargo, cabe destacar que existe un límite que coincide con la pensión máxima, que este año se sitúa en los 3.058 euros mensuales, de modo que entre ambos subsidios no se puede rebasar nunca dicha cuantía.
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